San Cristóbal, 08 de Diciembre de 2010

Visto el informe de la Unidad Técnica de Apoyo del Estado Táchira mediante el cual concluyen que el penado SANTOS BLANCO OLGA REGINA, cumple con los requisitos para el Régimen Abierto, pero en virtud de que la causa original es del Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, considera esta juzgadora es que lo procedente es decretar el cese de control y vigilancia y las actuaciones sean remitidas a su Tribunal Natural.

Por lo antes expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: Decreta el cese del Control y Vigilancia sobre la causa signada con el número 3E-1942 seguida al penado SANTOS BLANCO OLGA REGINA, y ordena que la misma sea remitida al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a fin de que este Tribunal decida la medida solicitada.
REGÍSTRESE, OFICIESE Y DÉJESE COPIA.




ABG. ISBETH SUÁREZ BERMÚDEZ
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN





Abg. DAYANA ESMERALDA RICO H.
LA SECRETARIA




3E-1942