En el día de hoy lunes dieciséis (16) de Diciembre de dos mil diez (2010), siendo las 10:45am, tal como fue acordado en el auto anterior, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a cargo de la Juez Ejecutora provisoria, abogada: Saida Yamilka Prada Chacón, acompañada de su Secretario: William F. Zambrano Z. y se constituyó en una casa de habitación signada con el N°1-66, calle 4, del Barrio 19 de Abril, de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir el exhorto procedente del Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, constante de Inspección Judicial, librada en la solicitud N° 295810, solicitada por el ciudadano: GREGORIO ALBERTO GUERRERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.302.810, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, domiciliado en el sector el Esfuerzo, parcela N° 17, del Municipio Panamericano del Estado Táchira y aquí de Tránsito, asistida del abogado en ejercicio, ciudadano: MAC FLAVIER ARELLANO CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.473.683, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 90.853, domiciliado en Coloncito del Municipio Panamericano del Estado Táchira, quienes se encuentran presentes en este acto. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, constituido en el citado inmueble, procedió a notificar de la Inspección Judicial a realizarse en este inmueble, a la ciudadana: LUCY FUENTES NIÑO, extranjera, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° E- 22.818.926, con domicilio donde esta constituido este Tribunal, quien expuso: “Quedo notificada de la Inspección Judicial que va a practicar este Tribunal Ejecutor de Medidas”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, procede a dejar constancia de los particulares solicitados en la solicitud de Inspección Judicial. Por cuanto es necesario realizar el nombramiento del experto y fotógrafo, se aclara que este Tribunal, se pronuncia al particular SEPTIMO, a fin del nombramiento y juramentación del mismo en lo cual se designe al ciudadano: Ramírez Zambrano Hernán José, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.549.344, domiciliado en esta ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, con profesión u oficio topografo, quien estando presente en este acto, el Tribunal le tomó el juramento de Ley y expuso: “Acepto el nombramiento de experto y fotógrafo y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo y procedo a identificar los equipos suministrados en la Inspección Judicial que va a practicar este Tribunal los cuales son: Una cinta métrica de (30) mts, una cinta métalica de (7,50mts), y la camara, marca BENQ, digital, modelo: DCE 1000”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con la solicitante, su abogado asistente y el experto fotógrafo, supra identificados, procede a dejar expresa constancia de los particulares solicitados en la referida solicitud de Inspección Judicial. AL PRIMERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con experto fotógrafo, deja expresa constancia, que el inmueble de marras, se encuentra ubicado en el Barrio 19 de abril, casa sin número, calle 4, entre la vía que conduce a la Urbanización la Victoria y la carrera 2, de esta localidad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, deja constancia, que evidentemente existe una vivienda de tipo unifamiliar de una sola planta. AL SEGUNDO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado deja expresa constancia, que las características de la vivienda en mención se encuentra construida con pisos de cerámica, en el área construida por un porche, sala, comedor, área de cocina, área de servicios, en las tres (3) habitaciones, de los cuales una tiene baño privado, las tres habitaciones con su closet, una sala de baño, un garaje con piso de cemento el cual presenta una escalera de concreto que conduce al techo, que consiste de una placa de concreto armada; las paredes del inmueble son bloques frisadas con estructura de columnas de concreto armado, puerta principal y rejas de metal tanto la acceso como la garaje así como la reja y puerta que divide la casa al patio posterior, las anteriores habitaciones ya mencionadas, tiene sus puertas de madera entamboradas. AL TERCERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia, que se encuentra ocupado este inmueble, los ciudadanos: LUCY FUENTES NIÑO, quien manifestó ser la suegra del ciudadano: GREGORIO ALBERTO GUERRERO CONTRERAS y JORGE ELIEZER FUENTES, de 28 años de edad, y manifestó su cuñado del solicitante; según información de la ciudadana: LUCY FUENTES, al inmueble donde esta constituido este Tribunal es de su propiedad, por lo tanto se declara propietaria de las mejoras aquí edificadas, pues dice ser ella quien la construyo con producto de su trabajo. AL CUARTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia, y deduce que el tiempo de construcción de las presentes mejoras, datan de aproximadamente de cinco (5) años. AL QUINTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto, deja expresa constancia, que el inmueble de marras, posee los servicios públicos de luz, agua y aseo. AL SEXTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con experto designado, deja expresa constancia, que los colindantes del presente inmueble, son las siguientes: En su FONDO: Con terrenos que son o fueron de la Sucesión Zambrano Pabón, separa pared propia del inmueble; COSTADO DERECHO: Con terrenos que son o fueron de la Sucesión Zambrano Pabón, hoy día vivienda construida unifamiliar y separa pared propia de este inmueble; COSTADO IZQUIERDO: Con terrenos que son o fueron de la Sucesión Zambrano Pabón, hoy existe vivienda unifamiliar, separa pared propia de este inmueble. AL SEPTIMO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja expresa constancia, que se insta al experto fotógrafo designado, hacer las tomas fotográficas respectivas de este inmueble en sus ángulos requeridos. AL OCTAVO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja constancia que el solicitante se reservó de hacer más pronunciamientos sobre este particular. Seguidamente en este estado el ciudadano: RAMIREZ ZAMBRANO JOSE HERNÁN, supra identificado, experto fotógrafo designado, solicito el derecho de palabra y concedido que le fue por este Tribunal, expuso: “Solicito a este Tribunal, se me conceda un plazo de tres (3) días de despacho, para consignar el informe fotográfico utilizado en este inmueble”. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, visto lo solicitado por el experto fotógrafo designado, acuerda conceder dicho plazo, para la consignación del informe fotográfico. Es todo, no siendo otro el objeto de este Tribunal declara concluido el presente acto, se declara cumplida la Inspección Judicial, ordenada por el Tribunal comitente, y se acuerda retornar a su sede a las 12:15 pm. Se deja constancia que el traslado de este Tribunal no generó ningún tipo de arancel ni emolumento alguno. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ EJECUTORA PROVISORIA
SAIDA YAMILKA PRADA CHACON

LA NOTIFICADA
LUCY FUENTES NIÑO

EL SOLICITANTE
GREGORIO ALBERTO GUERRERO CONTRERAS

ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE
MAC FLAVIER ARELLANO CHACON

EL EXPERTO FOTOGRAFICO
HERNAN JOSE RAMIREZ ZAMBRANO

FUNCIONARIA POLICIAL

EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO Z.

Exhorto N° 769/2010