CASASEn el día de hoy miércoles primero (01) de Diciembre de Dos Mil Diez (2010), siendo las 10:30 AM, tal como fue acordado en el auto anterior, se trasladó éste TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS: AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, a cargo de la Juez Ejecutora Provisoria, Abogada: Saida Yamilka Prada Chacón, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano y se constituyo en una casa para habitación, signada con el N° C-07, ubicada en la carretera vieja del Ferrocarril, de la Población de San Félix, Parroquia Rivas Berti del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir el Exhorto, emanado del Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, librado en la Solicitud Nº 295010, relacionado con INSPECCION JUDICIAL. Presentes en el citado inmueble, los solicitantes, Ciudadanos: ENDER ORLANDO CASAS ZAMBRANO y DIOCELINA GOMEZ DE CASAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-5.641.081, V-8.106.472, respectivamente, domiciliados en San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, asistidos de la Abogada: KARINA LISSET CASIQUE ALVIAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.349.297, inscrita en Inpreabogado bajo el N° 74.552. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, conforme con lo solicitado en la inspección judicial, procede a nombrar y juramentar de Experto, al Ciudadano: HERNAN JOSE RAMIREZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.549.344, domiciliado en San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, quien estando presente en el sitio, expuso: “Acepto el nombramiento de experto y juro cumplir bien y fielmente y para tomar las medidas del terreno objeto de la inspección judicial, haciendo uso de la herramienta: cinta métrica”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado procede a dejar expresa constancia de los particulares señalados en la solicitud de Inspección Judicial. AL PRIMERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el Experto designado, procede a dejar expresa constancia de los linderos y medidas, del terreno y de la casa para habitación sobre él construida, verificándose los siguientes. FRENTE: Con el señor: Gabriel Antonio Vargas Castro, en línea que partiendo del costado izquierdo hacia el derecho mide 6.61 metros, cruza hacia el fondo en 4.15 metros y vuelve a cruzar hacia el costado derecho en 4.43 metros, por este lindero divide una pared de bloque medianera; FONDO: Con carretera vieja Ferrocarril, mide 12, metros; COSTADO DERECHO: Con propiedad que es o fue de Antonio López, mide 14.40 metros; COSTADO IZQUIERDO: Con inmueble propio que es o fue de Ana Agustina Pabón, mide 10.25 metros. Con una superficie o área total de ciento cuarenta y siete metros con cincuenta metros cuadrados (147,50 mts2). Se pudo verificar que sobre el terreno se encuentra construida una vivienda signada con el N° C-07, distribuida así: en sala-comedor, cuatro habitaciones, cocina, un baño, área de lavandería y patio; Construida con piso de cemento pulido, paredes de bloque de concreto, techo de zinc sobre estructura metálica, puertas de metal, con ventanas de aluminio tipo persiana, con sus rejas protectoras, servicios de agua del acueducto rural, cloacas de la red pública y luz eléctrica. AL SEGUNDO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja constancia, que ya se pronunció sobre este particular, al realizar la designación del experto con su debida juramentación. AL TERCERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja constancia que a petición de la parte solicitante supra identificada, acuerda concederle un plazo de tres (03) días de despacho a partir de la presente fecha, al experto designado, para que consigne el Informe de Mensura del citado inmueble, a fin de ser agregado al acta de Inspección Judicial.. Es todo, no siendo otro el objeto de este Tribunal, se declara concluido el acto, se declara cumplido el Exhorto ordenado por el Tribunal Comitente, se acuerda dejar copias fotostáticas certificadas para el archivo de este Tribunal y acuerda retornar a su sede a las 12:00 meridiano. Se deja constancia que el traslado de este Tribunal, no generó ningún tipo de Arancel ni emolumento alguno. Término, se leyó y conformes firman.-



ABG: SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
JUEZ EJECUTORA PROVISORIA






LOS SOLICITANTES:


ENDER ORLANDO CASAS ZAMBRANO


DIOCELINA GOMEZ DE CASAS



ABOGADA ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES:


ABG: KARINA LISSEAAT CASIQUE ALVIAREZ




EL EXPERTO:


HERNAN JOSE RAMIREZ ZAMBRANO


EL SECRETARIO
WILLIAM FROILAN ZAMBRANO Z.
EXHORTO N° 765/2010