REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, martes siete de diciembre de dos mil diez, siendo la 2:50 p.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio MARJORIE PATRICIA MATTUTAT MUÑOZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 105.378, quien actúa con el carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Vía principal Las Vegas de Tariba, vereda 4#, casa N°12, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes propiedad de la parte demandada, Sociedad Mercantil “Rey del Norte, C.A.”, representada por su Gerente Administrador, MILTON ALEXIS MERCHAN GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N°V-5.661.587, o por sus Directores SILVIA ANDREINA MERCHAN MORENO Y MILTON EDUARDO MERCHAN MORENO, titular de la cedula de identidad N°V-17.644.423 Y V-14.707.448, en su condición de deudora y a LUIS ALBERTO CONTRERAS BENITEZ, titular de la cedula de identidad N°V-15.990.600, en su condición de avalista y fiador solidario y principal pagador de las obligaciones asumidas por la deudora REY DEL NORTE, C.A., en el JUICIO que por PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, se sigue en el expediente Nº 34393 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el Funcionario Policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Se encuentra presente el ciudadano: LUIS ANTONIO CONTRERAS BENITEZ, titular de la cédula de identidad N° V-6.386.868, quien manifestó ser el Gerente Administrador de la Compañía “DELICIAS Y EXQUISITECES MARINAS C.A. DIEMARCA”, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o su apoderado Judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Articulo 49, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Señalo para ser embargado las DOS MIL QUINIENTAS (2.500) acciones propiedad de el avalista y fiador solidario, LUIS ALBERTO CONTRERAS BENITEZ, identificado con cedula de identidad N°V-15.990.600, las cuales fueron suscritas, según lo acordado en Acta de Asamblea General Extraordinaria, de la SOCIEDAD MERCANTIL DELICIAS Y EXQUISITECES MARINAS C.A. DIEMARCA, cuya acta fue inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, en fecha 23 de Septiembre de 2009, bajo el N°47, Tomo 18-ARM445, acciones cuya propiedad debe estar reflejada además en el libro de accionista respectivo. A tal efecto solicito a este Tribunal ejecutor requiera formalmente, la entrega de dicho libro, a los fines de estampar la nota respectiva. Es todo.” En este estado el Tribunal procede a dar cumplimiento a la presente ejecución, para la cual requiere del notificado la información correspondiente sobre la existencia de las DOS MIL QUINIENTAS (2.500 acciones) que posee el co-demandado LUIS ALBERTO CONTRERAS BENITEZ, en esta empresa, de igual manera la exhibición del correspondiente libro de accionista; quien de inmediato informa a este Tribunal, que efectivamente el ciudadano LUIS ALBERTO CONTRERAS BENITEZ ya identificado, es accionista de esta empresa “DELICIAS Y EXQUISITECES MARINAS C.A. DIEMARCA”, por cuanto mantiene suscrita DOS MIL QUINIENTAS (2.500 acciones), así mismo informa el notificado al Tribunal que el libro de accionista se encuentra en este momento en poder del contador de la empresa, encontrándose el mismo fuera de esta ciudad, razón por la que solicita se le conceda un plazo prudencial, para presentar dicho libro ante este Tribunal. En este estado solicito el derecho de palabra la co-apoderada judicial de la parte demandante, ya identificada, y concedido como le fue expuso: “Consigno en este acto copia fotostática simple del Acta Constitutiva de la Sociedad Mercantil “DELICIAS Y EXQUISITECES MARINAS C.A. DIEMARCA”, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, en fecha 27 de Septiembre de 2006, bajo el N° 19, Tomo 15-A, y del Acta de Asamblea General Extraordinaria de dicha Sociedad Mercantil, inscrita por ante el mismo Registro, en fecha 23 de septiembre de 2009, bajo el N° 47, Tomo 18-ARM445, en la cual se acuerda aumento de capital, y el accionista, LUIS ALBERTO CONTRERAS BENITEZ, suscribe y paga íntegramente las DOS MIL QUINIENTAS (2.500 acciones), valoradas en DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES, que es señalado para ser embargado, constante de (10) folios útiles. Es todo.” Seguidamente, el Tribunal procede a declarar embargadas preventivamente las DOS MIL QUINIENTAS (2.500 acciones) anteriormente señaladas y descritos por la parte actora, en consecuencia se declara la Desposesión Jurídica de las mismas, y en virtud de que no es posible la presentación en este acto del libro de accionista, según lo notificado por el Gerente Administrativo ya identificado, se acuerda conferir un lapso de 24 horas contados a partir de las 3:30 p.m. del día de hoy , a los fines de que el notificado presente por ante este despacho con domicilio de la planta baja del Centro Comercial Europa, local 3-B, entre carrera 6, con calle 10 de esta ciudad de San Cristóbal, el respectivo libro de accionista, a los fines de estampar la correspondiente nota marginal, so pena de incurrir en responsabilidades civiles y penales que hubiere lugar conforme a la ley, en caso de desacato a lo aquí ordenado. Se acuerda agregar a la presente comisión las copias fotostáticas simples presentadas por la apoderada judicial de la parte demandante, constantes de (10) folios útiles. Es todo.” No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 5:00 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. MARJORIE PATRICIA MATTUTAT MUÑOZ
EL NOTIFICADO,
LUIS ANTONIO CONTRERAS BENITEZ
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. MAYCELYTH DESIREÉ ECHEZURÍA RODRÍGUEZ