REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales

CAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N°1275-10-1046

DEMANDANTE: ANGELICA ANDREINA DUARTE NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.810.626, con el carácter de madre de la niña: ANGI YACKELIN BARRAGÁN DUARTE.

DIRECCIÓN: En la Isla Betancourt, sector Tropezón, Ramal Camejero, casa sin número, El Piñal, Municipio Fernández del Estado Táchira.

DEMANDADO: GERMAN BARRAGÁN BARRAGAN, venezolano, mayor de edad, titulare de la cédula de identidad Nro.V-17.997.428 con el carácter de padre de la niña: ANGI YACKELIN BARRAGÁN DUARTE.
DIRECCIÓN:
En la Isla Betancourt, Sector Tropezón, al lado de la escuela, casa si número, El Piñal, Municipio Fernández Feo del estado Táchira y Labora en el centro de Acopio de Mercal, ubicado en la calle 9, cerca de el IUT, El Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.


MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1275-10

Fecha de Entrada: 25 de Noviembre de 2010.

CAPITULO II
DE LOS HECHOS

Se inicio el presente procedimiento en fecha 24 de Noviembre de 2010, mediante la solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención presentada en este Tribunal por la ciudadana: ANGELICA ANDREINA DUARTE NIÑO, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.810.626, a favor de la niña: ANGI YACKELIN BARRAGÁN DUARTE, contra el ciudadano: GERMAN BARRAGÁN BARRAGÁN.
En fecha 25 de Noviembre de 2010, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la citación al ciudadano: GERMAN BARRAGÁN BARRAGÁN, para que comparezcan por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a aquel que conste en autos su citación personal, a las once media (11:30) de la mañana, para el acto conciliatorio de obligación de manutención en la demanda incoada por la ciudadana ANGELICA ANDREINA DUARTE NIÑO.
En fecha 25 de Noviembre de 2010, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 25 de Noviembre de 2010, Líbrese Oficio al Jefe de Recursos del Centro de Acopio de Mercal de el Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, solicitando información del Salario devengado por el ciudadano GERMAN BARRAGÁN BARRAGÁN.
En fecha 03 de Diciembre de 2010, mediante diligencia el Alguacil del Tribunal Boleta de Citación, librada al Ciudadano GERMAN BARRAGÁN BARRAGÁN, quien la recibió y firmo en fecha 02-12-2010, quedando legalmente citado.
En fecha 03 de Diciembre de 2010, mediante diligencia el Alguacil del Tribunal Boleta de Notificación, librada al Fiscal Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente Civil y Familia del Ministerio público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, quien la recibió y firmó en fecha 02-12-2010.


En fecha 08 de Diciembre de 2010, siendo las once y media (11:30) de la mañana, siendo día y hora fijada comparecen ante este Tribunal de los Ciudadanos: GERMAN BARRAGÁN BARRAGÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V.-17.997.428 y ANGELICA ANDREINA DUARTE NIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-17.810.626, con el carácter de demandante y demandado, respectivamente, previa entrevista con la ciudadana Jueza, y concebido el derecho de palabra el demandante expuso: “Ofrezco como monto de la obligación de manutención la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (500,oo) mensuales, en el mes de agosto me comprometo cumplir con la totalidad de gastos de útiles escolares, que requiera mi hija y en el mes Diciembre me comprometo a cubrir con la totalidad de gastos decembrinos a favor de mi hija ANGI YACKELIN BARRAGÁN DUARTE, y me comprometo a depositarlos los primeros cinco (5) días de cada mes en la cuenta de ahorros que ordene el Tribunal” igualmente cubriré con el 50% de los gastos médicos y medicinas que requiera mi hija”. Presente como se encuentra la demandante y concebido el derecho y en consecuencia expuso:”Acepto en todas y cada una de sus partes el ofrecimiento hecho por el padre de mi hija” Ambas partes solicitan la homologación de manutención. Es todo. Termino, se leyó y estando presente firman.


CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN

En fecha 08 de diciembre de 2010, comparecieron los ciudadanos: ANGELICA ANDREINA DUARTE NIÑO, parte demandante y el ciudadano: germán Barragán BARRAGÁN, parte demandada; quienes convinieron en la fijación del monto de la obligación de manutención, para la niña: ANGI YACKELIN BARRAGÁN BARRAGÁN, forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 08 de Diciembre de 2010, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente

Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Líbrese oficio al Banco, para la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana ANGELICA ANDREINA DUARTE NIÑO, cuya beneficiaria es la niña: ANGI YACKELIN BARRAGÁN DUARTE, y para que se le autorice a movilizar dicha cuenta sin autorización del Tribunal, una vez aperturada la cuenta notifíquese al obligado, el numero a fin de que realice los depósitos
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los trece días del mes de Diciembre del dos mil diez Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza.


ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES
El Secretario.-

LUIS ALFONSO SÁNCHEZ PÉREZ