JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, dos de diciembre de dos mil diez.
200º y 151º

En el presente juicio N° 5940, instaurado por la abogada DORIS YOLANDA RAMIREZ DE ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.2l97, en su carácter de apoderada judicial del Banco Bicentenario, Banco Universal, C.A., contra RAUL ALBERTO GONZALEZ ROJAS AY LEIDA JOSEFINA ZAVARCE DE GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.642.245 y V-4.172.559, en su orden, por Ejecución de hipoteca; y vista la diligencia de fecha 23 de noviembre de 2010, suscrita por la abogada DORIS RAMIREZ, donde manifiesta que la parte demandada canceló la obligación contraída, por ello solicita se levante la medida, el desglose del documento fundamental de la demanda, se de por terminado el juicio.
Por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 Levantar la medida decretada 25 de junio de 2009
 Participar lo conducente al ciudadano Registrador Subalterno de Registro Público del Municipio Autónomo Leonardo Infante del Estado Guárico.
 El Desglose del documento fundamental de esta demanda y dejar en su lugar copia fotostática certificada.
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilu