JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, quince de diciembre de dos mil diez.
200º y 151º

En el presente juicio N° 5879 instaurado por el abogado JAVIER IVAN SALAS ROSALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.507, actuando por sus propios derechos, contra JOSE ELIAS GONZALEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-14.606.853, por RESOLUCION DE CONTRATO; y vista la diligencia de fecha 06 de diciembre de 2010, suscrita por el abogado Javier Salas Rosales, donde manifiesta que la parte demandada canceló la obligación contraída, por lo que no queda nada a deber, por ello solicita se homologue y archive el expediente; por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 984
Marilu