REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
200° y 151°

ASUNTO: SP01-L-2010-000369
PARTE ACTORA: los ciudadanos SIOMAR MENESES Y SIXTO ANDRES VIVAS identificados con las cédula N° V-13.587.013 y V.- 17.931.976 en su orden
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NELLY YORLEY CASTAÑEDA CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.229.672, con Inpreabogado Nro.97.697
PARTE DEMANDADA: la empresa INVERSIONES 1995 C.A., representada por el ciudadano FERNANDO JOSE BELANDRIA, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.210.357
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ MELECIO ALVAREZ MOGOLLÓN, titular de la cédula de identidad Nro.V-10.154.510, con Inpreabogado Nro.48.637
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Dieciséis (16) de diciembre de 2010, siendo las 10:30 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que ni la parte actora SIXTO ANDRES VIVAS identificado con las cédula N° V.- 17.931.976, ni la parte demandada la empresa INVERSIONES 1995 C.A., comparecieron a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por el ciudadano SIXTO ANDRES VIVAS identificado con las cédula N° V.- 17.931.976, contra la empresa INVERSIONES 1995 C.A., representada por el ciudadano FERNANDO JOSE BELANDRIA, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.210.357, por Prestaciones Sociales. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ

ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO. LA SECRETARIA