REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 08 de diciembre de 2010.
200º y 151º
Visto el computo que antecede, practicado en esta misma fecha y por cuanto el Tribunal observa, que en fecha 30 de noviembre de 2010, debió realizarse el acto de la contestación de la demanda y al mismo no compareció ninguna de las partes, ni por sí ni por medio de Apoderado; este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil declara EXTINGUIDO EL PROCESO, y así se decide. Por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez
Miriam Yohana Rico
Secretaria Accidental
JMCZ/mr.-
Exp: 20722