REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
200° Y 151º

En fecha 06 de abril de 2010, este tribunal dio entrada al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano Juan José Suárez Rincón, titular de la cédula N° V-14.041.896 quien actúa con el carácter de apoderado de la empresa INVERSIONES GARUZ C.A, inscrita en el Registro de Información Fiscal Nro J31361875-6, y en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida bajo el Nro 21, Tomo A-17, en fecha 21 de junio de 2005, contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro GRTI/RLA/DF/4758/2009-00590 de fecha 29 de octubre de 2009, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos Región los Andes, Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), (F 28).
En fecha 07 de abril de 2010, se tramitó el Recurso Contencioso Tributario, ordenando las notificaciones al: Gerente Regional de Tributos Internos de la Región los Andes, Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, y al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y Gerente Regional del SENIAT, las cuales fueron practicadas y rielan a los folios treinta y uno (31), treinta y tres (33) y treinta y cinco (35).
En fecha 24 de mayo de 2010, este tribunal dictó sentencia de admisión del Recurso Contencioso Tributario y se ordenó notificar al Procurador de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el Artículo 86 del Decreto con Fuerza de la Ley de la Procuraduría General de la República (F- 36).
En fecha 11 de agosto de 2010, el alguacil adscrito a este tribunal consignó boleta de notificación del procurador debidamente practicada (F39)
En fecha 24 de septiembre de 2010, la abogada Nelly Claret Leal consignó escrito de promoción de pruebas (F 41).
En fecha 07 de octubre de 2010, el apoderado del recurrente consignó escrito de promoción de pruebas con anexos
(F 45).
En fecha 14 de octubre de 2010, por medio de auto se admitieron las pruebas (F 685).
En fecha 12 de noviembre de 2010, la abogada Nelly Claret Leal evacuó evacuó pruebas (F 686).
En fecha 03 de diciembre de 2010, mediante la abogada representante de la República consignó Resolución SNAT/INTI/GRTI/RLA/ADJ/ARJD/2010-003 emitida por el SENIAT en la que revoca el acto recurrido, (F 783).
De las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa lo siguiente:
Que la Administración Tributaria revocó el acto administrativo objeto de impugnación en el presente caso, como lo es la Resolución de Imposición de Sanción GRTI/RLA/DF4758/2009-00590 de fecha 29/10/09 con sus respectivas planillas de liquidación que sumaban la totalidad en bolívares de cuarenta y cinco mil quinientos cuarenta (Bs. 45.540), por concepto de multas.
En tal sentido considerando que la causa petendi del presente proceso va dirigida a obtener la declaratoria de nulidad de los actos administrativos previamente señalados y en virtud que el mismo ha sido anulado por el propio ente emisor del acto con la potestad revocatoria que tiene la administración, siendo ésta la más importante potestad de autotutela, potestad de extinción de sus propios actos administrativos, con lo cual el presente Recurso Contencioso Tributario, queda despojado de todo objeto, ya que al haber sido anulado el acto recurrido, el mismo resulta inexistente, por lo cual es inoficioso realizar cualquier pronunciamiento al respecto, siendo lo procedente declarar el decaimiento del objeto de la pretensión por no haber materia sobre la cual decidir, y así se decide.
En consecuencia ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO DE LA PRETENSIÓN, del presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano Juan José Suárez Rincón, titular de la cédula N° V-14.041.896 quien actúa con el carácter de apoderado de la empresa INVERSIONES GARUZ C.A, inscrita en el Registro de Información Fiscal Nro J31361875-6, y en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida bajo el Nro 21, Tomo A-17, en fecha 21 de junio de 2005, contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro GRTI/RLA/DF/4758/2009-00590 de fecha 29 de octubre de 2009, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos Región los Andes, Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
SEGUNDO: NOTIFÍQUESE, al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República.
TERCERO: Se ordena el archivo del expediente y su depósito como legajo, una vez conste en autos la última notificación. Cúmplase. -
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los ocho (08) días del mes de diciembre de Dos Mil Diez (2010). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. 200 de la Independencia 151 de la Federación.

ANA BEATRIZ CALDERON SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR

ROLANDO JOSE RODRIGUEZ CAMARGO
EL SECRETARIO.
Exp.2196
ABCS/YULLY