REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 200° y 151°

ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2009-000882

PARTE ACTORA: ILIANA MERCEDES UZCATEGUI, identificada con la cédula Nro.V-10.159.225

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.111.036

PARTE DEMANDADA: HOSPITAL CENTRAL DE SAN CRISTOBAL, representado por su Director JOEL CONTRERAS

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA LOURDES VEGA Y XIOMARA FLORES, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros. 48.486 y 120.989,

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, (04) de agosto de 2010, siendo las 11:30 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar, se hizo presente por la parte demandada la apoderada judicial abogada LIVIA CAROLINA RINCON VERA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro. 79.479, se deja constancia que la parte actora no se hizo presente ni por sí ni por medio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS

La Parte Demandada, La Secretaria,