REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTODE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
200 ° y 151 °

ASUNTO: SP01-L-2010-000535
PARTE DEMANDANTE: JOSE DE JESUS LOZADA ROSALES identificado con la cédula nro.15.685.008
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: NELLY YORLEY CASTAÑEDA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.97.697 y FANNY DUNLLIN LIMA GAMEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.73.645.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil OMEGA MONTAJES Y PROYECTOS C.A., en la persona de NIXON IVAN MARTINEZ SANDOVAL
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE MELECIO ALVAREZ MOGOLLON, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.
En el día de hoy, once (11) de agosto de 2010, siendo las 2:00 de la tarde, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar, se hicieron presentes en la sede del Tribunal la parte demandante, ciudadano JOSE DE JESUS LOZADA ROSALES identificado con la cédula nro.15.685.008, asistido por la apoderada judicial abogada FANNY DUNLLIN LIMA GAMEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.73.645, y por la parte demandada se hizo presente el ciudadano NIXON IVAN MARTINEZ SANDOVAL, identificado con la cédula Nro.V-10.175.236, en su condición de Presidente de la Empresa demandada, asistido por el abogado JOSE MELECIO ALVAREZ MOGOLLON, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 48.637. Seguidamente ambas partes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS UN BOLIVARES (Bs.7.801,oo) para ser cancelados el día 30 de septiembre de 2010, a las 11:00 de la mañana en el Tribunal. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordena el archivo del expediente en el quinto día hábil siguiente a aquél en que conste en autos el cumplimiento de la obligación contraida. Ambas partes reciben las pruebas promovidas, Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
Parte Demandante, Parte Demandada,



La Secretaria,