REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
Rubio, Once de Agosto de dos mil diez.

200° y 151°

Visto que el ciudadano: FREDDY ORLANDO BENAVIDEZ GONZALEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 9.465.256, actuando en beneficio de (omissis), mediante escrito de fecha 02 de Agosto de 2.010, realiza un ofrecimiento de Obligación de manutención a la madre de sus hijos ciudadana: HAYDEE MARIA GARCIA PARRA, titular de la cédula de Identidad N° V- 12.517.184, quien en diligencia de fecha 06 de Agosto de 2.010, aceptó el ofrecimiento de obligación en los siguientes términos:
• Fijara una obligación en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) mensuales mediante deposito directo a la cuenta del banco Bicentenario N° 7004529008022951;
• El obligado hará entrega de veintidós (22) tickets cesta de Bs. 25,00 cada uno para un total de QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 550,00) mensuales;
• El obligado se compromete a suministrar en un cincuenta (50%) todo lo concerniente al vestuario y gastos de navidad y año nuevo de los niños los cinco primeros días del mes de Diciembre;
• El obligado se compromete a suministrar en un cincuenta (50%) todo lo relativo a uniformes y útiles escolares, previa consignación y verificación de lista de útiles escolares,
• Acepta que las condiciones convenidas en este expediente sean mejoradas según las condiciones salariales y laborales del obligado.
Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE. , Todo en relación al Expediente N° 3783-10 en que FREDDY ORLANDO BENAVIDEZ GONZALEZ demanda a HAYDEE MARIA GARCIA PARRA por Ofrecimiento de obligación de manutención en beneficio de (omissis). Líbrese oficios.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
La Jueza Provisoria,

Abg. ANA RAMONA ACUÑA
El Secretario Titular,

Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.