GADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, tres (03) de agosto del 2010.-
200º y 151º
Recibido por Distribución constante de UN (01) folio útil y recaudos en ONCE (11) folios útiles, el escrito de TITULO SUPLETORIO, presentado por los ciudadanos: NESTOR ANTONIO HERNANDEZ y CARMEN YOLANDA MORALES DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.795.257 y V-3-076.632, de este domicilio, asistidos por el Abogado: GERSON MANUEL DAZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 75.390. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Anexo al escrito, justificativo evacuado por ante el Juzgado Primero de Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Y por cuanto de autos se comprueba la procedencia de la solicitud hecha por el ciudadano ya identificado, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad a los ciudadanos: NESTOR ANTONIO HERNANDEZ y CARMEN YOLANDA MORALES DE HERNANDEZ, ya identificados, sobre un lote de terreno de uso exclusivo, ubicado en el “Conjunto Residencial Privado Villa Country”, signado con el No. 7, Avenida Norte, Sector Pueblo Nuevo, Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. La unidad de vivienda posee las siguientes características de construcción: Estructura de concreto armado de dos plantas; placa enervada de entrepiso; techo de machimbre y tejas de arcilla; paredes de bloque con frisos; revestimientos en baño y cocina de cerámica; pisos de granito y mármol en planta baja y de cerámica en planta alta; puertas y ventanas de madera, metálicas y vidrio; instalaciones eléctricas y sanitarias internas y empotradas, posee la siguiente distribución: Planta Baja: Porche, sala, comedor, cocina, oficios, estudio, un (01) baño, garaje. Planta Alta: Star tres habitaciones, dos baños; dichas mejoras tienen un área aproximada de construcción de ciento treinta y tres metros con un decímetro cuadrado (133,01 m2) y fueron edificadas sobre la totalidad del lote de terreno, que tiene un área aproximada de ciento treinta y tres metros con un decímetro cuadrado (133,01 m2), el cual posee los siguientes linderos y medidas NORTE: Con la unidad de vivienda No. 8, en 17,73 m; SUR: Con la unidad de vivienda No. 6, en 17,74; ESTE: Con la Calle Apamate, en 7,50 m y OESTE: Con terrenos o propiedades que son o fueron de Inocentes Moreno, en 7,50 m. El lote de terreno adquirido, consta en documento debidamente otorgado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, bajo el No. 43, Tomo 002, Protocolo 01, Folio 1/3, Segundo Trimestre, de fecha 14-04-2000. El costo total referido a estas mejoras fue de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00), según lo declarado por los testigos, ciudadanos: MARCOS LUIS GONZALEZ BUSTAMANTE y FRANCY CAROLINA MENDEZ VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.209.071 y 11.429.330, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.- Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines de su registro.-
Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
Abg. MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 1.454/2010, se dictó y publicó la anterior decisión siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° 366 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
|