GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ.
200º y 151º

En fecha catorce (14) de Julio de 2008, se admitió la demanda de COBRO DE BOLIVARES PROVENIENTE DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, intentada por LUIS ABRAHAM RAMÍREZ Y JOSÉ ANACLETO PÉREZ MORA, contra la ciudadana BELEN ASCANIO.
En fecha 29 de Julio de 2008, se libró Boleta de citación y se remitió con oficio N° 0860-1221 al Juzgado comisionado.
En fecha 16 de Octubre de 2008, se agregó comisión, relacionada con la citación de la demandada, procedente del Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
En fecha 18 de Febrero 2009, el abogado OMAR MONSALVE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.070, en su carácter de apoderado de la parte demandante, solicito el desglose de la compulsa y que se comisionará nuevamente al Juzgado García de Hevia para la práctica de la citación.
En fecha 08 de Julio de 2009, este Juzgado acordó dejar sin efecto la comisión N° 6146, por cuanto la citación de la demandada se practicó en la persona no indicada en la boleta; asimismo se ordeno librar nueva boleta de citación, la cual deberá ir acompañada de copia fotostática certificada del libelo de demanda, del auto de admisión y del auto que lo acordó, una vez el diligenciante aportará los respectivos fotostatos. Hecho lo cual se librara nueva comisión y se remitiera al Juzgado comisionado.
Por cuanto en fecha 8 de Julio de 2009, el Tribunal acordó librar nueva boleta de citación, para remitir la comisión al Juzgado del Municipio García de Hevia del Estado Táchira y habiendo transcurrido hasta la presente fecha más de un año, sin que la parte demandante aportará los fotostatos requeridos a tal efecto, este Juzgado declara la Perención de la Instancia, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que rige:

“Toda Instancia se extingue por el
Transcurso de un año, sin haberse ejecutado
Ningún acto de procedimiento por las partes”.
Por tales razones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA y como consecuencia EXTINGUIDO el proceso. ASÍ SE DECIDE.


REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR

IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA


En la misma fecha se dictó y publicó la anterior Sentencia y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, siendo las diez de la mañana.


IRALI URRIBARRI D.
SECRETARIA


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