GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, trece de Agosto de dos mil diez.
200º y 151º
En fecha 16 de Enero de 2008, este Juzgado le dio entrada a la demanda intentada por la ciudadana MARY CARMEN GUERRERO DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.955.659, representada por los abogados Harold Alexis Guardia Chacon y Rene González Acevedo, inscritos en el inpreabogado bajo los Nº 38.651 y 31.078 en su orden, en la que demanda al ciudadano MALEK CHARIN EL MASRI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.185.420 por DAÑO MORAL.----------------
En fecha 24 de Enero de 2008, se libró la respectiva compulsa de citación y se remitió al Juzgado comisionado con oficio Nº 0860-133-----------------------------
Por auto de fecha 09 de Julio de 2009, este Juzgado oficio al Juzgado comisionado a fin de que remita las resultas de la citación en el estado en que se encuentren.---------------------------------------------------------------------------------
Este Tribunal, en virtud de que previa revisión de las actas que conforman el presente expediente constató que desde la última actuación procesal realizada por las partes hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año sin haberse efectuado ninguna actuación procesal para impulsar el proceso, se declara la PERENCIÓN DE INSTANCIA, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:-------------------------------------------------------


“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto del procedimiento por las partes…”





Por las consideraciones precedentes, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre d e la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO.-----------


REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR

Iralí Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia y se dejó copia certificada para el archivo del tribunal, siendo la una de la once de la mañana.

Iralí Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria

Exp Nº 33043
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