REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 9 de Abril de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-000373
ASUNTO : SP11-P-2010-000373


Visto el escrito presentado por el Abogado HENRY ALEXANDER FLORES RONDON actuando con el carácter de Fiscal (25) del Ministerio Público de fecha 18-12-2009 donde informa que decreta el archivo Fiscal de la causa en relación a IRIS ESMERALDA HIDALGO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 04 de Febrero de 1970, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.467.045, soltera, hija de María Albertina Rodríguez (v) y de Alamares Hidalgo Chavez (v) de profesión u oficio funcionario público, residenciada en la avenida principal Unidad Vecinal, antigua sede de Inavi; sede de la DISIP San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0414-7229278, por estar incursa en la presunta comisión del delito SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado 1 en concordancia con el artículo 11 ambos de la novísima Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, quedando en consecuencia suspendida el curso de la presente investigación, salvo que aparezcan nuevos elementos de convicción que justifique la reapertura de la investigación y recibido ante este Tribunal en el día de hoy, pasa a decidir en los siguientes términos:
DE LOS HECHOS

El día 13 de Febrero del 2010, siendo las 10:00 horas de la mañana, compareció ante este despacho de manera espontánea con el fin de formular denuncia ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas, un ciudadano quien dijo llamarse DAVETA TORRES JUAN DIEGO, quien expuso: Vengo a denunciar que el día de hoy 13-02-2010, como a las 8:45 horas de la mañana varios sujetos encapuchados portando armas de fuego llegaron al local de mi papá y se lo llevaron en una camioneta Explorer color verde, todo me lo dijo un empleado de mi papá que estuvo al momento de los hechos, es todo. En fecha 13 de Febrero del 2010, los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas, continuando con las investigaciones toman entrevistas a los ciudadanos CRISTOMO MEJIA MEJIA, ALVARO ANAYA SANDOVAL, quienes se encontraban en el sitio del suceso al momento de llevarse a la victima. En fecha 18 de Febrero del 2010, en fecha 18 de Febrero del 2010, rinde nuevamente entrevista ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, el ciudadano DAVETA JUAN; quien entre otras cosas expone: Yo me encontraba con mi tío Antonio y el recibió una llamada de un funcionario de la Disip, de San Cristóbal, y le dijo que querían hablar con él, en relación al secuestro de mi padre, por lo que nos pusimos de acuerdo en vernos en la plaza de peribeca, yo fui con mi tío y estando allí llegaron dos funcionarios de la Disip, y comenzaron hablar con nosotros del secuestro, nos dijeron que ellos tenían a alguien en Caracas que les había informado que les habían dicho que aquí había una comisión de ellos de Caracas que venían de sala 9 que eran los encargados de hacer los trabajos sucios y que ellos fueron los que vinieron a secuestrar a mi papá, que el sábado en la madrugada cuidado se llevaron a mi papá el jefe de aquí había mandado una comisión para San Antonio del Táchira con unos agentes inocentes que son payasos y que a las 6 y media los mando a subir y luego a las 8:30 se llevaron a mi papá y la funcionaria nos dijo que fue esa gente de Caracas, también nos dijo que en una camioneta DIMAX que tiene la Disip, aquí, y que esa gente que venia de Caracas son Criminales y asesinos y que el jefe como lo van a cambiar por eso es que esta apoyando eso, para irse llenito, que ella asegura en un noventa por ciento que ellos son los que tienen secuestrado a mi papá; ella nos dijo que si llegamos a un acuerdo económico con ellos que nos aseguráramos de darle la plata pero que nos devolvieran a mi papá porque si dejábamos que lo entregaran después ellos lo iban a matar, yo tenia en mi bolsillo una grabadora de voz y fue por eso que logre grabar todo, a preguntas formuladas por los funcionarios el entrevistado contesto, no se los nombres de esos funcionarios, se que es una mujer y un hombre a ella le dice la marimacha ella es de piel blanca contextura gorda, pelo canoso y corto, pequeña. Seguidamente en fecha 18 del mes de febrero igualmente comparece por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas el ciudadano DAVETA ANTONIO, a los fines igualmente rendir entrevista; en fecha 20 de Febrero del 2010, los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; toman entrevistas a los funcionarios de la Disip; PERNIA ANDRADE JAIRO RAMON, SUAREZ CONTRERAS JHONNY ALBERTO, MOTA BASTARDO GERONIMO, EDGAR ORLANDO CARRERO JAIMES; OLIVEROS CHACON LUIS EDUARDO, MORA CARRERO CARLOS HERNAN; RAMOS PEREZ ORALANDO RAFAEL; HIDALGO RODRIGUEZ IRIS ESMERALDA; posteriormente en fecha 20 de Febrero del 2010 se efectúa transcripción de contenido de transcripción de contenido; en fecha 20 de Febrero del 2010, luego de recibida entrevista a la funcionaria de la Disip; HIDALGO RODRIGUEZ IRIS ESMERALDA, quien fue señalada por los denunciantes, como aquella persona quien asistió a la entrevista con ellos en la población de peribeca, la misma hizo entrega de dos teléfonos celulares, los cueles fueron sometidos a las experticias de rigor. Posteriormente en fecha 21 de Febrero del 2010, los ciudadanos JUAN MANUEL DAVETA Y JUAN DIEGO DAVETA, rinden nuevamente entrevista ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en fecha 21 de Febrero del 2010, siendo las 16:25 horas de la tarde compareció ante el despacho del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas el agente Willian Zambrano dejando constancia de que encontrándose en el despacho se hizo presente el Abg. Henrry Alexander Flores Fiscal Vigésimo Quinto del Ministerio Público solicitando las actas procesales de la presente investigación luego de lidas y vistas las mismas siendo las 16:00 horas de la tarde el mencionado fiscal efectúa llamada telefónica al Abg Esteban Ramón Quintero Juez Primero de Control con la finalidad de solicitar Orden de Aprehensión de la ciudadana HIDALGO RODRIGUEZ IORIS ESMERALDA, por la presunta comisión del delito de Secuestro en Grado e Complicidad, recibiendo posteriormente llamada de este mismo Juez; quien le informo vía telefónica que a partir de la presente hora y fecha dicha ciudadana fue privada de su libertad y puesta a ordenes del Juzgado en cuestión, en esta misma fecha siendo las 17:50 horas de la tarde, comparece el funcionario Willian Zambrano quien informa que se traslado con los funcionarios Inspector Luis Gomes y agente José Flores, hacia la sede principal del SEBIN en San Cristóbal a los fines de ubicar y practicar la orden de aprehensión en contra de la ciudadana HIDALGO RODRIGUEZ IRIS ESMERALDA, según lo ordenado por el Juez Primero de Control una vez en dicha institución fuimos atendidos por el Comisario CARLOS MORA, quien nos permitió el absceso a la misma quien luego de imponerla del motivo de nuestra presencia y siendo las 17:40 horas de la tarde quedo detenida y puesta a ordenes del Tribunal primero de Control.


DE LAS ACTAS PROCESALES

1.- Al folio 06 de las actas procesales corre inserta denuncia común de fecha 13 de Febrero del 2010, interpuesta por el ciudadano DAVETA TORRES JUAN DIEGO.
2.- Al folio 09 de las actas corre inserta ACTA DE INSEPCCION signada con el N° 080 de fecha 13 de Febrero del 2010, efectuada al sitio del suceso.
3.- A los folios del 10 al 14 corre inserta actas de entrevistas de fecha 13 de febrero del 2010 efectuada a los ciudadanos CRISTOMO MEJIA MEJIA, ALVARO ANAYA SANDOVAL.-
4.- Al folio 22 al 25 corre inserta Acta de Entrevista de fecha 18 de Febrero del 2010, efectuada al ciudadano DAVETA JOSE.
5.- A los folios 29 al 31 de las actas procesales corre inserta ACTAS DE NETREVISTAS de fecha 18 de Febrero del 2010, efectuada los ciudadanos DAVETA JUAN Y DAVETA ANTONIO.
6.- A los folios del 38 al 58 de las actas procesales corre inserto actas de entrevistas rendidas por los ciudadanos funcionarios de la Disip; PERNIA ANDRADE JAIRO RAMON, SUAREZ CONTRERAS JHONNY ALBERTO, MOTA BASTARDO GERONIMO, EDGAR ORLANDO CARRERO JAIMES; OLIVEROS CHACON LUIS EDUARDO, MORA CARRERO CARLOS HERNAN; RAMOS PEREZ ORALANDO RAFAEL; HIDALGO RODRIGUEZ IRIS ESMERALDA.
7.- A los folios 60 al 77 de las actas procesales corre inserta TRANSCRIPCION DE CONTENIDO.
8.- Al folio 82 de las actas procesales corre inserta ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 21 de Febrero del 2010, donde los funcionarios del CICOPC, dejan constancia de las circunstancias de tiempo, modo y lugar de cómo se produce la aprehensión de la imputada de autos.-

RELACIÓN FACTICA

- En fecha 21-02-2010, este Tribunal en la Audiencia de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretó la siguiente dispositiva:
PRIMERO: SE RATIFICA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada por este Tribunal en fecha 21 de febrero de 2010, ordenada por vía extraordinaria de conformidad a lo establecido en el último aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana IRIS ESMERALDA HIDALGO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 04 de Febrero de 1970, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.467.045, soltera, hija de María Albertina Rodríguez (v) y de Alamares Hidalgo Chavez (v) de profesión u oficio funcionario público, residenciada en la avenida principal Unidad Vecinal, antigua sede de Inavi; sede de la DISIP San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0414-7229278, por estar incursa en la presunta comisión del delito SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado 1 en concordancia con el artículo 11 de la novísima Ley Antisecuestro, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 Parágrafo Primero del Código Orgánico Procesal Penal, ordenando su reclusión en la policía de San Antonio Estado Táchira.
SEGUNDO: De ordena la aplicación del procedimiento ordinario y el envio de las actuaciones a la Fiscalía 25 del Ministerio público una vez vencido el lapso de ley


Por otra parte el Código Orgánico Procesal penal establece lo siguiente:
Artículo 315 ARCHIVO FISCAL.
“Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el ministerio Público decretará el Archivo Fiscal de las actuaciones, sin perjuicio de la apertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la víctima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada contra el imputado a cuyo favor se acuerda el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes.
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Ordena Librar boleta de libertad inmediata a la ciudadana IRIS ESMERALDA HIDALGO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 04 de Febrero de 1970, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.467.045, soltera, hija de María Albertina Rodríguez (v) y de Alamares Hidalgo Chavez (v) de profesión u oficio funcionario público, residenciada en la avenida principal Unidad Vecinal, antigua sede de Inavi; sede de la DISIP San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0414-7229278, por estar incursa en la presunta comisión del delito SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado 1 en concordancia con el artículo 11 ambos de la novísima Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, de conformidad del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que el Fiscal del Ministerio Público decretó el ARCHIVO FISCAL . Y ASÍ SE DECIDE.

Por lo antes expuesto, ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN LA FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: UNICO: DECRETA el cese de toda medida de Coerción personal y ORDENA LIBRAR BOLETA DE LIBERTAD PLENA a la ciudadana IRIS ESMERALDA HIDALGO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 04 de Febrero de 1970, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.467.045, soltera, hija de María Albertina Rodríguez (v) y de Alamares Hidalgo Chavez (v) de profesión u oficio funcionario público, residenciada en la avenida principal Unidad Vecinal, antigua sede de Inavi; sede de la DISIP San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0414-7229278, por estar incursa en la presunta comisión del delito SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado 1 en concordancia con el artículo 11 ambos de la novísima Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, de conformidad del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que el Fiscal del Ministerio Público decretó el ARCHIVO FISCAL ..

Regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal, Notifíquese a las partes. Líbrese boletas de Libertad



JUEZ DE CONTROL UNO
ABG. ESTEBAN RAMON QUINTERO




EL SECRETARIO

ABG.