REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Vista la solicitud de prescripción que formula la penado AMANDA PEDRAZA VELANDIA, el Tribunal para decidir lo peticionado observa:

1.- En fecha 07 de Julio de 1992 se le condeno a la penada AMANDA PEDRAZA VELANDIA a cumplir la pena de 07 MESES 20 DIAS Y 12 HORAS DE PRISION.

2.- El expediente fue remitido en fecha 09 de Noviembre de 2009 por la Juez Quinta de Control.

3.- En fecha 03 de Diciembre de 2009 se le da entrada a este Tribunal y se libran boletas de notificación.

4.- En fecha 12 de Abril de 2010 se hace presente la penada la cual fue notificada del ejecútese y solicito la prescripción.

Si bien es cierto tal y como alega la penada AMANDA PEDRAZA VELANDIA, fue penado a la pena de 07 MESES 20 DIAS Y 12 HORAS DE PRISION en fecha 07 de Julio de 1992, transcurriendo el tiempo para decretar la prescripción, tal y como lo establece el articulo 112 del Código Penal, no menos cierto es que el expediente fue remitido a este despacho en el año 2009, dándosele entrada ese mismo año y notificándose a la penada para que compareciera ante el Tribunal, esto no puede ser imputable al Tribunal a mí cargo ya que cumplió con lo establecido en la ley, y debe ejecutar la pena impuesta a la penada de autos, por lo que no comparte quien aquí decide el criterio de que la pena esta prescrita, ya que a pesar del tiempo que ha trascurrido la penda no ha cumplido la misma, ya que hasta su comparecencia el día 10 de Abril de 2010 tubo conocimiento del ejecútese de la pena, y debe este Tribunal cumplir su función de ejecutor.

Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara sin lugar la solicitud de prescripción formulada por la penada AMANDA PEDRAZA VELANDIA
SEGUNDO: Se ordena notificar a la penada AMANDA PEDRAZA VELANDIA a fin de que comparezca con carácter urgente ante este despacho a fin de que conozca de esta decisión.

REGISTRESE, COPIESE Y NOTIFIQUESE A LAS PARTES DE LA PRESENTE DECISIÓN.


Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN







Abg. RODRIGO CASANOVA D¨JESUS
SECRETARIIO

EXP. 3E.3952