REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Visto el oficio N° 20-F11-0768-10 de fecha 20-04-10, suscrito por la Fiscal Undécima Provisorio del Ministerio Público Abogada NANCY ISBELIA BOLIVAR PORTILLA, mediante el que solicita a este Tribunal se autorice la destrucción de la droga incautada en la investigación N° 20-F11-0100-10, Causa Penal N° 7C-10604-10, seguida en contra del ciudadano: JOSÉ OMAR GONZÁLEZ, consistente en la cantidad de: UN (01) GRAMO CON TRESCIENTOS (300) MILIGRAMOS DE COCAÍNA, según DICTAMEN PERICIAL QUÍMICO N° CO-LC-LR-1-DIR-DQ-2010/1138, de fecha 13-04-10; ESTE TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA: La DESTRUCCIÓN de la cantidad de: UN (01) GRAMO CON TRESCIENTOS (300) MILIGRAMOS DE COCAÍNA, según DICTAMEN PERICIAL QUÍMICO N° CO-LC-LR-1-DIR-DQ-2010/1138, lo cual se hace de conformidad con lo señalado en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Así se decide.-





Abg. CIRO HERACLIO CHACÓN LABRADOR
Juez Séptimo de Control




Abg. MARBI CACERES PAZ
Secretaria



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

Causa Penal Nº 7C-10604-10
CHCL/mav