Comisión N° 761-2010
Solicitud N° 1504
En el día de hoy martes trece (13) de Abril de dos mil diez, siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 4 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la casa N° 12 de la Urbanización Villa Trinidad, sector Llano del Cura, carretera La Grita – La Quinta, al lado de la Villa de los educadores, jurisdicción del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Comisión de Inspección Ocular ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 05 de abril de 2010, que guarda relación con la Solicitud N° 1504, promovida por el acá presente y solicitante José Ricardo Contreras Arellano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.728.985, asistido por la abogada: Carmen Beatriz Campos Álvarez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.301.144, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.706. Se notificó de la presencia del Tribunal y de su objeto al solicitante antes identificado por cuanto es la única persona que habita el inmueble. En este estado solicitó el derecho de palabra el solicitante asistido de su abogada y en uso del mismo expone: Pido a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares a que se refieren los numerales del escrito de solicitud que rielan al folio uno y dos del expediente. El tribunal designa como experto fotógrafo al ciudadano Francisco Antonio Zambrano Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.979.164. A continuación pasa a pronunciarse sobre los particulares así: PRIMERO: El Tribunal deja constancia que para el momento de la práctica de la inspección, se encontraban en el inmueble únicamente el solicitante José Ricardo Contreras Arellano, quien lo ocupa y dice ser el propietario del mismo. Al SEGUNDO: el Tribunal deja constancia que se trata de una vivienda unifamiliar construida en dos niveles con paredes de bloque frisadas, pisos de cerámica, cocina empotrada aún en obra negra, con la siguiente distribución: en la planta baja: sala, hall, comedor, cocina, patio de servicios, garaje amplio y una habitación con baño. En el segundo piso se accede a través de una escalera a doble descanso para llegar a una habitación principal con baño privado según lo informado al tribunal por el solicitante ya que por encontrarse cerrada no se ingresó a la misma, mas tres habitaciones una de ellas con baño privado y dos con sala de baño compartida, sala estar y balcón con ventana panorámica, concluyendo que la vivienda se encuentra en buenas condiciones de habitabilidad. Al TERCERO: El Tribunal deja constancia que se observan los siguientes bienes muebles: Una Nevera de acero inoxidable marca General Electric, de dos puertas. Una cafetera eléctrica marca Premium. Una licuadora Osterizer con base de acero inoxidable. Una lámpara de mesa. Un seibó con juego de copas y wiskera. Una mesa de centro de madera y vidrio. Un sillón de cuero de tres puestos. Un juego de recibo tapizado en tela estampada, compuesto de sofá de tres puestos y dos individuales. Tres lámparas de techo. Dos plafones. Una línea telefónica de CANTV. Un purificador de agua Ozono Salud. Un estante con libros. Diecinueve cuadros con motivos variados. Una lavadora automática marca Whirpool, en regular estado de conservación. Una secadora marca Phillips, color almendra. Una mesa de centro de madera. Dos camas individuales, una sin colchón. Una cama matrimonial con colchón. Un Televisor a color marca Panasonic de 13 pulgadas. Un sillón individual de cuero y madera. Una mesa de fórmica. Una cama matrimonial de madera con colchón. Una mesa de pino. Un televisor Phillips de 21 pulgadas. Una aspiradora marca Daewoo. Un equipo de sonido marca Phillips de 3 CD con cornetas y Un reloj de pared. No habiendo mas puntos sobre el cual pronunciarse el Tribunal da por cumplida la comisión. El secretario da lectura al acta y deja constancia que la presente inspección no genero gastos, ni tasas, ni aranceles, ni emolumento alguno, a favor de este Tribunal por las actuaciones aquí realizadas por eso fue totalmente gratuita. Se concede al experto fotográfico un lapso de dos días a los fines de que consigne las fotografías en la comisión. Es todo, terminó, se leyó y se firmó concluyendo la actuación a las once y cuarenta de la mañana. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. Gloria Lucía Ríos Rendón.- El Solicitante y Notificado, Firma ilegible. José Ricardo Contreras Arellano.- La Abogado asistente del solicitante, Firma ilegible. Carmen Beatriz Campos Alvarez.- El Experto fotógrafo, Firma ilegible. Francisco Antonio Zambrano Zambrano.- El Secretario, Firma ilegible. Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado N° 04.