JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintisiete (27) de abril de dos mil diez.

AÑOS: 200° y 151°

Visto el desistimiento a la demanda presentado en fecha 22 de abril del presente año, por la demandante, ciudadana CARMEN GRACIELA DUQUE NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.219.736, asistida por la abogada en ejercicio LUPE ROSARIO DÍAZ VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.780; esta Juzgadora una vez revisado el mismo, y observando que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se ordena el desglose del Contrato de Arrendamiento inserto del folio 07 al folio 10, dejándose en su lugar la respectiva copia certificada. Para la elaboración de los fotostatos se comisiona amplia y suficientemente al ciudadano Alguacil de este Tribunal, ciudadano LUIS ORLANDO VEGAS, titular de la cédula de identidad N° V- 13.035.608. SE DA POR TERMINADO ESTE PROCESO, en tal virtud, una vez cumplido con lo ordenado, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.



Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo las nueve (09) de la mañana (09:00 a.m.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “1560” en el “Libro de Registro de Sentencias”.


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

DarcyS.
Expediente N° 12.458-10.