REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, catorce de abril de dos mil diez.
199º y 151º


Por cuanto ya fueron evacuados los testigos promovidos en la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias hechas por la ciudadana ROSA VIRGINIA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nos. V-192.736, domiciliados en el Sector el Casadero, Parroquia Constitución, Municipio Lobatera del Estado Táchira, bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos sobre bienhechurias y mejoras agrícolas fomentadas sobre un lote de terreno con un área aproximada de 5007,3548m2, ubicado en la Aldea El Casadero, Parroquia Constitución del Municipio Lobatera, Estado Táchira, demarcado por los siguientes linderos, PIE: Terreno de Dorotea Zambrano Delgado, UN COSTADO: terrenos de Rubén Cárdenas; CABECERA: La quebrada Oscura,. Y según lo declarado por los testigos MARIA LIDA GARCIA DE SANCHEZ Y JESUS ALBERTO SANCHEZ FUENTES, quienes respondieron afirmativamente al interrogatorio al cual fueron sometidos; y según lo manifestado por la solicitante ha sufragado todos los gastos de producción que ascienden a ONCE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 11.000,00). De conformidad con lo ordenado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho a terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.


ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA JUEZ (T)

AQBOG. NELITZA CASIQUE MORA.
LA SECRETARIA