REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES

JUEZ PONENTE: ELISEO JOSE PADRON HIDALGO


IDENTIFICACION DE LAS PARTES


ACUSADO

GARDINER BREYAN GUERRERO PABON, venezolano, mayor de edad, nacido el 14 de diciembre de 1985, de 24 años de edad, estudiante, titular de la cédula de identidad N° V-16.981.998 y residenciado en El Valle, Brisas de Santa Rita, casa N° A-7, estado Táchira.

DEFENSA

Abogados Ximena Biaggini Labrador, Omar Florencio Labrador y Golmer Vivas, inscritos en el IPSA bajo los Números 98.331, 71.674 y 67.009, respectivamente.

FISCAL ACTUANTE

Abogado Jairo Escalante Pernia, Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.

Subieron las presentes actuaciones a esta Corte de Apelaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por los abogados Ximena Biaggini Labrador, Omar Florencio Labrador y Golmer Vivas, defensores del acusado GARDINER BREYAN GUERRERO PABON, contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2009, publicada en fecha 20 de enero de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio N° 4 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al mencionado ciudadano a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JHON JAVIER MORENO VERA.

En fecha 13 de abril de 2010, se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Juez Eliseo José Padrón Hidalgo.

A los fines de abordar la admisibilidad o no del recurso de apelación interpuesto evidencia la Sala que en fecha 14 de diciembre de 2009, el juzgador a quo informó a las partes que el íntegro de la decisión sería dictado a la décima audiencia siguiente, a las tres horas (03:00) horas de la tarde; siendo el caso, que la publicación de la sentencia fue el día 20 de enero de 2010, es decir fuera del lapso fijado por el juzgador, lo que ameritaba la debida notificación a las partes; y, de la revisión hecha a las actuaciones, se evidencia, que el ciudadano JHON JAVIER MORENO VERA (víctima), no fue notificado de la sentencia proferida, que declaró culpable por unanimidad y condenó al ciudadano GARDINER BREYAN GUERRERO PABON, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.

Ahora bien, al publicarse la sentencia fuera del lapso establecido, el a quo debió haber librado la correspondiente boleta de notificación al mencionado ciudadano, permitiéndosele con ello, el ejercicio efectivo a la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses sustanciales y procesales, establecidos en los artículos 49.1 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que lo ajustado a derecho es remitir las actuaciones al Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 4, de este Circuito Judicial Penal, a los fines de ordenar la efectiva notificación del ciudadano JHON JAVIER MORENO VERA (víctima), para que de esta manera nazca el lapso de apelación, so pena de quebrantar el derecho de defensa, tutela judicial efectiva y debido proceso. Así se decide.



DECISION

Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:

Unico: Se acuerda remitir las actuaciones al Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 4, de este Circuito Judicial Penal, a los fines de ordenar la efectiva notificación del ciudadano JHON JAVIER MORENO VERA (Víctima), para que de esta manera nazca el lapso de apelación, so pena de quebrantar el derecho de defensa, tutela judicial efectiva y debido proceso.

Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.

Dada, firmada, sellada y refrendada, en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil diez (2010). Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
Los Jueces de la Corte,


Eliseo José Padrón Hidalgo
Presidente -Ponente



Edgar Fuenmayor de la Torre Gerson Alexánder Niño
Juez Juez


Milton Eloy Granados Fernández
Secretario
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

Milton Eloy Granados Fernández
Secretario

As-1443/EJPH/Neyda.