REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

Años 199° y 150°

SUNTO Nº SP01-S-2009-000015

PARTE OFERIDA: JERSON LABRADOR, identificado con la cédula Nro. V-15.184.787

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: MAGLY ANDREINA PEREZ inscrita en el Impreabogado bajo los Nro. 104.726.

PARTE OFERENTE: MATADERO PANAMERICANO MAPA C.A.,, sociedad inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 19 de marzo de 1993, bajo el Nro.74, Tomo 180-A.

Apoderado DE LA PARTE OFERENTE: DANIEL ELIUT PEREZ CONTRERAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.78.592, cualidad que se desprende instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública Primera del Municipio Sucre del Estado Miranda en fecha 1ero de julio de 2009, el cual se anexa en copia.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

En el día hábil de hoy, quince (15) de octubre de 2009, se hizo presente en la sede del Tribunal la parte oferente y la parte oferida, manifestando que renuncian al lapso procesal concedido en el auto de fecha 20 de abril de 2009, y en el auto de fecha 13 de octubre de 2009, y a los fines de aplicar los medios alternos de resolución de conflictos piden al Tribunal la apertura de la audiencia preliminar. Acto seguido este Tribunal, en vista a las exposición realizada por ambas partes, en observancia a los principios de oralidad, brevedad, concentración y sencillez que informan el proceso laboral apertura en este acto, la audiencia preliminar:
La parte Empresa ofrece la suma de QUINCE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs15.500,oo) al ciudadano JERSON LABRADOR, por concepto de antigüedad, intereses sobre antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades fraccionadas, las indemnizaciones del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, salarios caidos, beneficio consagrado en la Ley Programa Alimentación año 2009, diferencia de utilidades cláusula 9 del contrato colectivo de 2009, pagaderos de la siguiente manera: Bs. 6.217,59 en una cuenta de ahorros a nombre del extrabajador y bajo las órdenes del Tribunal, Bs.821,78 en una cuenta de Fideicomiso en Banfoandes, la cual podrán hacer efectiva desde este mismo momento, para lo cual la Empresa se compromete a dar una carta autorizando el retiro, y Bs.8.460,63 mediante cheque de la cuenta corriente Nro.


01050299321299010997 de Juan Ferreira Contreras contra El Banco Mercantil. Asimismo la Empresa se compromete a emitir una carta de despido para que JERSON LABRADOR tramite el beneficio del régimen prestacional de empleo, anteriormente Paro Forzoso. Igualmente los trabajadores asumen el compromiso de cesar en la manifestación que desde el mes de junio de 2009, han mantenido en las instalaciones de la empresa, obstaculizando el acceso a dicha empresa, la empresa MAPA C.A. desiste de cualquier acción penal o civil, interpuesta ante los órganos respectivamente. Por su lado el ciudadano JERSON LABRADOR, declara que acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por los conceptos antes mencionados. Acto seguido el Tribunal visto el acuerdo realizado lo HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Se ordena oficiar al Coordinador Laboral, a los fines de que entrega la correspondiente libreta de ahorros al precitado ciudadano. Se otorga un lapso de cinco días hábiles para que el extrabajador manifieste al Tribunal, algún problema con el efecto cambiario, de lo contrario se entenderá que ha sido cobrado satisfactoriamente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Oferente, Parte Oferida,





La Secretaria,

Abog. Teresa Mercado.