REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 13 de Octubre del 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-002481
ASUNTO : SP11-P-2009-002481
Revisada como ha sido la solicitud de la Fiscalía del Ministerio Público, este juzgador considera:
En la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se establece el procedimiento para la destrucción de las sustancias que son incautadas con ocasión de los procedimientos que se realizan en aplicación de la mencionada ley.
De conformidad con el artículo 66 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas se ordena la Incautación de los siguientes bienes : 1) Inmueble denominado FINCA BUENA VISTA, ubicado en el Vecindario “El Guineal” Aldea Buena Vista, Parroguia General Isaias Medina Angarita, Municipio Bolívar, estado Táchira, cuya superficie es de dos hectáreas con siete mil trescientos metros cuadrados 82.7300 Has, alinderado así: NORTE Terreno que es o fue de María de Jesús Barrientos de Barajas, SUR Bienes que son o fueron de Segunda Barrientos de Guerrero, ORIENTE Predios que son o fueron de Marcos Barrientos y OCCIDENTE con predios de Omaira espinel, dicho inmueble es propiedad del ciudadano Carlos Julio Casadiego, titular de la cédula V- 10.827.882, según consta en el documento Auténticado ante el registro Subalterno del municipio Bolívar en fecha 22.04.1999 bajo el n° 36 Tomo I, protocolo 1ero. Del 2do Trimestre de 1999, 2) Once (11) Semovientes bovino clasificado de la siguiente forma: cuatro(04) vacas, Cuatro(04) mautas, un(01) maute, una (01) becerra y un(01) toro, los cuales se encuentran depósitados en el Centro de Producción agropecuaria Guarumito y 3) Un (01) VEHICULO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, MARCA FIAT, MODELO UNO, COLOR VINO TINTO, AÑO 2006, SERIAL DE CARROCERIA 9BD15827664827867, SERIAL DE MOTOR 6791466, PLACAS MER-37X, designado como DEPOSITARIO de dichos bienes a los fines de su resguardo, administración y custodia a la Oficina Nacional Antidrogas. Así se decide.
POR LAS CONSIDERACIONES ANTES SEÑALADAS, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Se ordena la Incautación de los siguientes bienes : 1) Inmueble denominado FINCA BUENA VISTA, ubicado en el Vecindario “El Guineal” Aldea Buena Vista, Parroguia General Isaias Medina Angarita, Municipio Bolívar, estado Táchira, cuya superficie es de dos hectáreas con siete mil trescientos metros cuadrados 82.7300 Has, alinderado así: NORTE Terreno que es o fue de María de Jesús Barrientos de Barajas, SUR Bienes que son o fueron de Segunda Barrientos de Guerrero, ORIENTE Predios que son o fueron de Marcos Barrientos y OCCIDENTE con predios de Omaira espinel, dicho inmueble es propiedad del ciudadano Carlos Julio Casadiego, titular de la cédula V- 10.827.882, según consta en el documento Auténticado ante el registro Subalterno del municipio Bolívar en fecha 22.04.1999 bajo el n° 36 Tomo I, protocolo 1ero. Del 2do Trimestre de 1999, 2) Once (11) Semovientes bovino clasificado de la siguiente forma: cuatro(04) vacas, Cuatro(04) mautas, un(01) maute, una (01) becerra y un(01) toro, los cuales se encuentran depósitados en el Centro de Producción agropecuaria Guarumito y 3) Un (01) VEHICULO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, MARCA FIAT, MODELO UNO, COLOR VINO TINTO, AÑO 2006, SERIAL DE CARROCERIA 9BD15827664827867, SERIAL DE MOTOR 6791466, PLACAS MER-37X, designado como DEPOSITARIO de dichos bienes a los fines de su resguardo, administración y custodia a la Oficina Nacional Antidrogas.
SEGUNDO: Se exime de notificar a la Dirección de Drogas, Medicamentos y Cosméticos del Ministerio con competencia en Salud y Desarrollo Social; esto de conformidad con el único aparte del artículo 117 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. ESTEBAN RAMON QUINTERO
LA SECRETARIA
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