JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintinueve de octubre de dos mil nueve.
199º y 150º
En el presente juicio N° 5833, instaurado por ANA ROSA CHAVEZ, titular de la cédula de identidad N° V-2.887.258, asistida por la abogada Zulay Mercedes González Contreras, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.546, contra CIRO ALFONSO BOHORQUEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° V-3.790.613, por DESALOJO DE INMUEBLE; y vista la diligencia de fecha 22 de octubre de 2009, suscrita por la apoderada demandante ZULAY MERCEDES GONZALEZ y por el demandado CIRO ALFONSO BOHORQUEZ HERRERA, asistido por la abogada Naylen Lorena Peña, mediante la cual el demandado hizo entrega de las llaves a la parte demandante y ambos solicitaron se de por terminado el juicio
Por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilu