JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiuno de octubre de dos mil nueve.
199° y 150°

Vista la anterior diligencia de fecha 16 de octubre de 2009, suscrita por los ciudadanos MIGUEL PEREZ Y SANDRA USECHE RICAUTE, asistidos por el abogado ZULMA Cáceres Gelvez, en la que ratifican en todas y cada una de sus partes la solicitud de homologación a la partición de la comunidad conyugal; y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni esta prohibida por la Ley; este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada, por los ciudadanos MIGUEL PEREZ Y SANDRA CATALINA USECHE RICAUTE, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.496.745 y V-12.226.298, en su orden, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los mencionados ciudadanos, bajo la forma, términos y condiciones establecidas entre ellos. Así mismo se acuerda expedir copia certificada mecanografiada, a los fines de su protocolización.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza

En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 403
Marilú