REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cuatro (4) de noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: AH16-V-2008-000252

PARTE ACTORA: BFC BANCO FONDO COMUN, C.A., Banco Universal, antes Fondo Común, C.A., Banco Universal.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ANNA KARERINA ZAMBRANO UZCATEGUI y JOSUE VICENTE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 90.762 y 51.226.

PARTE DEMANDADA: RAQUEL GARCIA GRUBER, venezolana, mayor de edad, de este domiciliado y titular de la cedula de identidad Nº V-10.926.140.
MOTIVO: Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio.

Se inicia el presente juicio mediante libelo de demanda presentado en fecha 01/10/2008, por ante el Juzgado distribuidor de causas, por el abogado JOSUE VICENTE RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.226, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora BFC BANCO FONDO COMUN, C.A., Banco Universal, antes Fondo Común, C.A., Banco Universal., contra RAQUEL GARCIA GRUBER, por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio. Admitida la demanda por auto de fecha 22/10/2008, se ordenó el emplazamiento del demandado, a objeto que compareciera al segundo (2º) día de despacho siguiente a la constancia en autos de su citación, a los fines de que presentare escrito de contestación. En fecha 19/11/2008, se presento escrito de reforma de la demanda. Asimismo en fecha 28/10/2009, comparece el ciudadano JOSUE VICENTE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, apoderado judicial de la parte actora, anteriormente identificado, y mediante diligencia manifestó que ha recibido el pago del crédito otorgado para financiar el vehiculo bajo reserva de dominio objeto de esta demanda. En fecha 04 de noviembre de 2009, la juez que suscribe se aboco al conocimiento de la causa.

Con vista a lo anterior este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada en los mismos términos en que ha sido suscrita por la actora.

Asimismo se ordena el desglose de los documentos originales contentivos contrato de venta con reserva de dominio, previa certificación, una vez sean consignados los fotostatos en autos.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 6º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 4 de Noviembre de 2009. 199º y 150º.
La Juez,

Abg. Marisol Alvarado Rondón
La Secretaria

Abg.Yroid J. Fuentes L.

En esta misma fecha, siendo las 1:14 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria

Abg.Yroid J. Fuentes L.

Asunto: AH16-V-2008-000252