En el día de hoy, martes 03 de noviembre de dos mil nueve, siendo las 3:00 de la tarde se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio ARIEL GUILLERMO BECERRA CORDERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.314 quien actúa con el carácter de apoderado judicial del ciudadano: NASSER SALVADOR ROSALES CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° V-4.546.245, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble ubicado en el Sector La Picadora vía Cordero, N° E-8, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, a los fines de continuar con el cumplimiento del Mandamiento de Ejecución conferido por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS, Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consistente en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por DESALOJO se sigue contra ANDRÉS ELOY COLMENARES VIVAS, en el expediente Nº 4933-2008 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° VICTOR CHARLES MORA DIAZ, placa 1439. Se encuentra presente el ciudadano: ANDRÉS ELOY COLMENARES VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-5.665.432 en su condición de demandado, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento con la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra la parte actora, quien expuso: “Por cuanto el demandado se encuentra desocupando el inmueble objeto de la presente medida y me ha manifestado que en el día de mañana hará entrega formal de dicho inmueble, solicito muy respetuosamente a este Tribunal Ejecutor de Medidas se le confiera un plazo de 24 horas a fin de que se realice la entrega en cuestión, es todo”. Seguidamente, el Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda conferir el plazo solicitado Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 4:00 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,


ABG. ARIEL GUILLERMO BECERRA CORDERO
EL FUNCIONARIO POLICIAL,


Cabo 1° VICTOR CHARLES MORA DIAZ

LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO