En el día de hoy, miércoles veinticinco de noviembre de dos mil nueve, siendo las 09:15 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JOSÉ GREGORIO BLANCO VERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.310 quien asiste en este acto a la demandante, ciudadana: MARIA VICTORIA QUINTERO BORBÓN, titular de la C.I. N° V-11.111.703, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de la Distribuidora Engozmar, C.A, ubicada en la Avenida 1, Urbanización San Sebastián, Casa N° 1-4, San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de SECUESTRO DE ACCIONES Y VEHÍCULO decretada en el JUICIO que por participación; medida ésta decretada en el JUICIO que por PARTICIÓN se sigue contra HENDER JAVIER GÓMEZ VIVAS, en el expediente N° 33.968 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Se encuentra presente el ciudadano: HENDER JAVIER GÓMEZ VIVAS, titular de la C.I. N° V-11.495.110, en su carácter de demandado, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicandole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, consistente en la práctica de la medida de SECUESTRO decretada sobre el cincuenta por ciento (50%) de DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTAA (2980) acciones que posee el ciudadano: HENDER JAVIER GÓMEZ VIVAS en la Sociedad Mercantil denominada “DISTRIBUIDORA ENGOZMAR C.A.”, para lo cual requiere del Notificado en su carácter de demandado y Presidente de la Sociedad Mercantil Distribuidora ENGOZMAR C.A., la exhibición del correspondiente libro de accionistas quien de inmediato puso a disposición de este Tribunal el referido libro de accionistas, donde este Tribunal puede constatar que el mismo se encuentra debidamente sellado por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y consta de (53) folios útiles. Igualmente se observa la existencia al folio 2 de 2980 acciones a favor del ciudadano HENDER GÓME VIVAS de fecha 28 de Enero de 2002 con su capital suscrito y pagado de Bs. 2.980. En este estado el Tribunal procede a declarar SECUESTRADO EL 50% DE LAS 2950 ACCIONES que le pertenecen al demandado en la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA ENGOZMAR C.A., y se acuerda estampar la nota marginal en el libro de accionistas. En cuanto a las 4000 acciones que posee el demandado en la Sociedad Mercantil GOZVI C.A., el Tribunal requiere del demandado y Notificado sobre el libro de accionista de la referida Empresa, quien informo que desconoce la ubicación del mencionado libro por no tener ningún cargo de representación sobre dicha empresa. Informó igualmente el notificado a este Tribunal que dicha Empresa se encuentra inactiva desde hace un año. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 10:30 a.m y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LA PARTE DEMANDANTE,
MARIA VICTORIA QUINTERO BORBON

EL ABOGADO ASISTENTE,
JOSÉ GREGORIO BLANCO VERA



EL FUNCIONARIO POLICIAL,
Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ

EL NOTIFICADO Y DEMANDADO,
HENDER JAVIER GÓMEZ VIVAS

LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO