JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Trece (13) de Noviembre de dos mil nueve.
AÑOS: 199° y 150°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UNO (01) folio útil y VEINTICINCO (25) folios útiles los recaudos consignados en esta misma fecha; por la ciudadana ESTHER AURORA APARICIO DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.789.797, asistida por la abogada GLADYS SABRINA OMAÑA RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.912, en el cual expone que el día 12 de Septiembre de 2.009, falleció el ciudadano MARTIN GUERRERO VIVAS, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.551.764, quien tenía su domicilio en la Urbanización Pirineos II, vereda 10, casa N° 10, Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal de esta Jurisdicción, que el deceso tuvo lugar en la vía pública, Pirineos I, Parroquia Pedro María Morantes de esta Jurisdicción a causa de “…SHOCK CARDIOGÉNICO, INFARTO AGUDO AL MIOCARDIO…”, según se desprende de Certificado N° 159, suscrito por la Dra. Jasaira Rubio, N° M.S.D.S: 39.370, según Acta de Defunción N° 135, levantada el 15 de Septiembre de 2.009, por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Conjuntamente anexó como fundamento a su solicitud: copia certificada de Acta de Defunción No. 135 del año 2.009, perteneciente a MARTIN GUERRERO VIVAS, expedida el 28 de Septiembre de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; copia certificada de Acta de Matrimonio N° 368 del año 1.966, perteneciente a los ciudadanos MARTIN GUERRERO VIVAS y ESTHER AURORA SALINAS, expedida el 08 de Octubre de 2.007, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; con su respectiva nota de Inquisición de Paternidad a favor de ESTHER AURORA , por parte de JOSÉ FIDEL APARICIO MÁRQUEZ, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Táchira; copia certificada de Partida de Nacimiento No. 149 del año 1.968, perteneciente a MARÍA TERESA; expedida el 28 de Septiembre de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Copias Mecanografiadas de Partidas de Nacimiento Nos. 174, del año 1.970, perteneciente a AURISTELA, expedida el 02 de Agosto de 2.004; N° 961 del año 1.974, perteneciente a MIRIÁN MARLENY, expedida el 04 de Agosto de 2.004, ambas por el Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia Estado Carabobo; copia certificada de Partida de Nacimiento N° 2357 del año 1.962, perteneciente a MARTIN ORLANDO, expedida el 14 de Octubre de 2.009 por le Registro Principal del Estado Táchira; copia mecanografiada de Partida de Nacimiento N° 1 del año 1.964, perteneciente a IRAIDA COROMOTO, expedida el 05 de Enero de 1.967, por la Prefectura del Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal del Estado Táchira; copia simple de Formulario para Autoliquidación de Impuesto Sobre Sucesiones, expediente N° 1370, perteneciente al causante GUERRERO VIVAS MARTIN, expedido el 12-09-2.009, por el Servicio Nacional Autónomo de Administración Aduanera y Tributaria S.E.N.I.A.T.; Justificativo de Testigos evacuado el 16 de Octubre de 2.009 por ante la Notaría Pública Cuarta de San Cristóbal Estado Táchira, donde rindieron su testimonio las ciudadanas: MARÍA ISABEL ZAMBRANO PANTALEON y HAYDEE XIOMARA PRIETO DE SOGAMOZO venezolanas, con cédula de identidad No. V-5.642.982 y V-10.165.723, en su orden; copias simples de cédulas de identidad Nos. V-3.789.797, V-1.551.764, V-9.234.934, V-10.166.110, V-10.167.261, V-5.685.609 y V-5.683.846, pertenecientes a los ciudadanos ESTHER AURORA APARICIO DE GUERRERO, MARTIN GUERRERO VIVAS, MARÍA TERESA GUERRERO APARICIO, AURISTELA GUERRERO APARICIO, MIRIAN MARLENY GUERRERO APARICIO, IRAIDA COROMOTO GUERRERO RODRÍGUEZ y MARTIN GUERRERO ZAMBRANO; en su orden. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos ESTHER AURORA APARICIO DE GUERRERO, MARÍA TERESA GUERRERO APARICIO, AURISTELA GUERRERO APARICIO, MIRIAN MARLENY GUERRERO APARICIO, IRAIDA COROMOTO GUERRERO RODRÍGUEZ y MARTIN ORLANDO GUERRERO ZAMBRANO, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nos. V-3.789.797, V-9.234.934, V-10.166.110, V-10.167.261, V-5.685.609 y V-5.683.846, en su condición de cónyuge e hijos del causante MARTIN GUERRERO VIVAS, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 1243, siendo las Doce del mediodía (12:00 m) y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario
Rosherli
Solicitud N° 7121 -09.