REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 29 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-001741
ASUNTO : SP11-P-2009-001741


Por recibido de la Oficina de Alguacilazgo, constante de nueve (09) folios útiles, solicitud de Medida de Protección, de fecha 28 de mayo de 2009, procedente de la Fiscalía Superior del Ministerio Público signada con el Oficio Nº 20-FS-0228-09, por medio de la cual requieren del Tribunal se proporcione protección a la ciudadana DARLYN DARIANA BALAGUERA LOPEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-21.085.165, nacida el 07 de marzo de 1.993, de 16 años de edad, estado civil soltera, profesión u oficio estudiante, residenciada en el Barrio Buenos Aires, sector el Canal, El Poblado, Rubio, Estado Táchira, teléfono: 0416-2784856; la cual tiene la cualidad de testigo en la causa N° 20F24-0124-09 que se instruye por ante la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Público.
Señala el Fiscal Superior del Ministerio Público que la solicitud obedece al hecho que en fecha 27 de mayo de 2009, la ciudadana DARLYN DARIANA BALAGUERA LOPEZ se presentó ante la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Público y al ser entrevistada solicitó en su declaración una medida de protección para ella y su grupo familiar, pues hace aproximadamente un mes le amenazaron de muerte si ella decía algo sobre la muerte de Jailer, que iban a matar a todos los de su familia, y eso era un recado que les mandaba Jonathan, ya que el día 03/03/09, ella iba caminando con su novio Jailer Oswaldo Pedraza Suárez, hacia la casa de su hermana, quien vive en el sector El Canal, cuando de repente se les atravesaron unas motos y en ellas iban cinco personas, estas personas eran Jonathan, Walter, Sebastián, Franklin y otro que le dicen el catire, ellos son paracos, agarraron a su novio y lo querían matar, ella les pegaba, pero ellos la tiraron al piso y se llevaron a su novio en la moto, después Jonathan la llamó al celular y le dijo que se quedara quieta que su novio estaba bien, al rato la volvió a llamar le dijo que lo fueran a buscar que lo habían dejado amarrado en un rancho por el sector la Gonzalera, ella se fue al sitio y cuando llegó encontró a su novio tirado en el piso, lo habían matado.
De la comunicación recibida anteriormente señalada y de los recaudos que la acompañan se desprende que la ciudadana DARLYN DARIANA BALAGUERA LOPEZ es testigo en una investigación que cursa por ante la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Público, en razón de ello y por mandato constitucional y legal, el Estado está en la obligación de brindar la debida protección a su integridad física y demás derechos inherentes a su persona, declarando en consecuencia con lugar la MEDIDA DE PROTECCIÓN solicitada por la Fiscalía Superior del Ministerio Público a favor de la ciudadana DARLYN DARIANA BALAGUERA LOPEZ, la cual consistirá en proveerle por un lapso de tres (03) meses de custodia personal y de patrullaje policial en la residencia de la testigo ubicada en el Barrio Buenos Aires, sector el Canal, El Poblado, Rubio, Estado Táchira, por parte de funcionarios de la Policía del Estado Táchira, a quienes se ordena oficiar a los fines de dar cumplimiento a lo providenciado.
En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL N° TRES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, UNICO: DECLARA CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Táchira, en proveerle a la ciudadana DARLYN DARIANA BALAGUERA LOPEZ, por el lapso de tres (03) meses la custodia personal y de patrullaje policial, en la residencia de la victima.
Igualmente, se ordena notificar de la respectiva decisión al Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Táchira del Ministerio Público y al solicitante. Líbrese los oficios a la Policía del Estado Táchira.



ABG. NEYDA ANGELICA TUBIÑEZ CONTRERAS
JUEZ TERCERO DE CONTROL



ABG. MARIFE COROMOTO JURADO DIAZ
LA SECRETARIA

Cúmplase con lo ordenado.-