En el día de hoy, miércoles veintisiete de Mayo de dos mil nueve, siendo las 09:05am, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante, ciudadana: OLINTA ELVIRA HERNANDEZ AGUILAR , titular de la C.I. N° V-15.858.244 asistida por el abogado en ejercicio MIGUEL EDUARDO NIÑO ANDRADE , inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.833, quien actúa con el carácter de apoderado é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: calle 2 entre carreras 9 y 10 casa N.- s/n, Urbanización Juan de Maldonado de esta Jurisdicción de San Cristóbal, Estado Táchira. a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada sobre bienes pertenecientes al deudor ciudadano: JOSE ALEXANDER ARCILA RANGEL, (Empresa Carrocerías Arpe, C.A.), titular de la cedula de identidad N° V.-12.226.137 quien es representante de la empresa antes mencionada, en el JUICIO que por DAÑOS Y PERJUICIOS se sigue en el expediente Nº 17729-2008 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ, placa 1439. En este estado el Tribunal acuerda designar como Perito Avaluador al ciudadano LEÓN ALFONSO SILVA, titular de la C.I N° V-5.653.667, y como Depositario Judicial al ciudadano JAIME ANTONIO NARANJO, titular de la C.I. N° V-3.996.039, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento Poder autenticado por ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 03-10-2005, inserto bajo el N° 69, Tomo 175, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, quienes estando presentes manifestaron aceptar el cargo y prestaron el juramento de Ley ante la Jueza. Se encuentra presente el ciudadano: GUSTAVO NEPTALI ROBLES PARDO, titular de la C.I. N° V-18.790.210, quien manifestó trabajar en el sitio, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con la demandada o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Articulo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este mismo acto se hizo presente el ciudadano: JOSE ALEXANDER ARCILA RANGEL, titular de la cedula de identidad N:- V.- 12.225.137, siendo las 9:45am en su carácter de demandado de Autos. La jueza le Notifico del presente Auto así como a su abogado de confianza quien lo asiste, abogada NANCY DE JESUS SAYAGO USECHE, inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 28.203. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso: “En nombre de mi asistido JOSE ALEXANDER ARCILA RANGEL ofrezco para cancelar la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (10.000,00Bs), por concepto de daños y perjuicios en beneficio de la ciudadana: OLINTA ELVIRA HERNANDEZ AGUILAR, un cheque de la entidad bancaria “Banfoandes”, con N°.- 46260308, a nombre de MIGUEL EDUARDO NIÑO ANDRADE, Apoderado de la demandante antes identificada en la cual se hará por la cuenta corriente N.- 0000045187 o 000700039800000045187, para ser cobrado en esta misma fecha 27 de Mayo de 2009, Es todo”. Seguidamente el tribunal le sede la palabra a la parte actora quien expuso: “ En nombre de mi representada acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada y pido al tribunal se suspenda la presente medida y así mismo manifiesto que una vez que se haga efectivo el cobro de la cantidad antes expuesta diligenciaré a esta comisión para así hacer del conocimiento al Tribunal Ejecutor que se remitan las actuaciones al Tribunal de la causa, Manteniéndose así la presente comisión en el Tribunal Ejecutor, es todo”. Seguidamente oída las partes la Jueza acuerda SUSPENDER la presente ejecución y ordena así mismo mantenerse la Comisión en este Despacho y una vez cumplida remitir al Tribunal de la causa. Así en este estado la Jueza oída las partes acuerda lo establecido en el acto. Es todo no siendo mas el tribunal concluye el acto al las 10:49am y regresa a su sede. Termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZA TEMPORAL
ABG. ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO

LA PARTE DEMANDANTE,
OLINTA ELVIRA HERNANDEZ AGUILAR

APODERADO PARTE DEMANDANTE
Abg. MIGUEL EDUARDO NIÑO ANDRADE

EL FUNCIONARIO POLICIAL,
Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ

EL PERITO AVALUADOR
LEON ALFONSO SILVA CARDENAS


EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
JAIME ANTONIO NARANJO



EL NOTIFICADO
GUSTAVO NEPTALI ROBLES PARDO

PARTE DEMANDADA
JOSE ALEXANDER ARCILA RANGEL


ABOGADO ASISTENTE PARTE DEMANDADA
NANCY DE JESUS SAYAGO USECHE


LA SECRETARIA TEMPORAL,
SAIDA YAMILKA PRADA CHACON


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