JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, seis de mayo de dos mil nueve.
199º y 150º
En el presente juicio N° 5726, instaurado por ROSA ELENA BARON DE COLMENARS, titular de la cédula de identidad N° V-13.614.587, asistida por el abogado Tulio Ernesto Largo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.658, contra SIMON LIMA GAMEZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.151.739, por DESALOJO DE INMUEBLE, mediante el cual las partes celebraron un convenimiento, el cual corre inserto al folio 11 de este expediente.
El convenimiento, es una declaración emanada del demandado, en virtud de la cual manifiesta estar total o parcialmente de acuerdo con los hechos señalados por el actor en su libelo y a su vez, acepta en forma integral las consecuencias de la reclamación formulada; es un acto netamente procesal. El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, expresa que:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Ahora bien, por cuanto el convenimiento suscrito no es contrario a derecho, ni esta prohibido por Ley, por ello este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al convenimiento efectuado por el abogado actor TULIO ERNESTO LARGO y por el demandado SIMON LIMA GAMEZ, asistido por la abogada Dorly Velásquez, otorgándole su APROBACIÓN, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y acuerda:
• Dar por terminado y archivar el presente expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,

Nayreth Guevara
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilu