GADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, diecinueve (19) de mayo de dos mil nueve.

AÑOS: 199° y 150°

Vista la diligencia presentada en fecha 18 del presente mes y año, por la ciudadana GRACIELA NAVARRO DE DUQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.9.219.736, en su carácter de demandante, asistida por la abogada en ejercicio LUPE ROCIO DIAZ VIVAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No.38.780, inserta al folio 22 del expediente No.11.6111; mediante la cual desiste de la acción; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, así mismo se ordena el desglose de los documentos que rielan a los folios 04 al 07 del expediente, dejando en su lugar copia fotostática certificada y hágase entrega a la parte demandante; en tal virtud archívese el expediente, dejando copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar Rivera
Secretario


En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión a las dos de la tarde (02:00 p.m.), quedando registrada bajo el No.911; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

El Secretario

deisyF.
Exp.11.611-09