REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN LOS ANDES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
REGIÓN LOS ANDES
199° y 150°
San Cristóbal, 27 de MAYO de 2009
AUTO DE MEJOR PROVEER DE JUICIO EJECUTIVO
Revisado como ha sido el expediente, y por cuanto se observa que el ciudadano Julio Ernesto Yánez Ruiz, demandado en el presente juicio ejecutivo falleció el día ocho (8) de noviembre del año 2006, y a los fines de verificar lo expuesto en el escrito de oposición presentado por la abogada defensor Ad-liten en fecha 20-05-2009, considera esta juzgadora, necesario que la Administración Tributaria del área de Sucesiones consigne la declaración sucesoral a fin de determinar los activos y pasivos de la herencia dejados por el causante al momento de la muerte y determinar la responsabilidad de los herederos del demandado, en consecuencia; se ordena oficiar a la Gerencia Tributaria a los fines de que consignen la respectiva declaración sucesoral presentada con ocasión a la muerte del ciudadano Julio Ernesto Yánez Ruiz, y notificar al ciudadano Herví Llanes Vega, titular de la cédula de identidad N° V-9.227.549. Todo de conformidad con el artículo 332 del Código Orgánico Tributario, en concordancia con el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil numeral 2, se concede un lapso de cuatro (4) días de despacho a las partes para enviar el mismo, a los efectos de la decisión de la causa. Notifíquese.
ANA BEATRIZ CALDERON SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
ROLANDO JOSE RODRIGUEZ CAMARGO
EL SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado se libró oficio N° 2094-09 y boleta de notificación.
EL SECRETARIO
Exp.1244
ABCS/anamaria