REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 197° y 148°
SUNTO Nº SP01-L-2009-000080

PARTE ACTORA: JESUS ALBERTO CARRIZO MARTINEZ, identificado con la cédula Nro. V-18.255.862.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: KARLASILENY SOSA MORENO inscrita en el Impreabogado bajo el los Nro.97.375.

PARTE DEMANDADA: AUTO LAVADO MISTER CLEAN C.A., representada por su Presidente, la ciudadana ZANDRA LORENA VILLAMIZAR SARMIENTO, identificada con la cédula Nro.V-9.465.904.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JAIME GERARDO SANTANDER, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.26.125.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
En el día hábil de hoy, once (11) de marzo de 2009, siendo las 10:30 de la
mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora, ciudadano JESUS ALBERTO CARRIZO MARTINEZ, identificado con la cédula Nro. V-18.255.862, asistido por la coapoderada judicial abogada KARLASILENY SOSA MORENO inscrita en el Impreabogado bajo el los Nro.97.375, y por la parte demandada AUTO LAVADO MISTER CLEAN C.A., se hizo presente su Presidente, la ciudadana ZANDRA LORENA VILLAMIZAR SARMIENTO, identificada con la cédula Nro.V-9.465.904, asistida por, JAIME GERARDO SANTANDER, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.26.125, quienes a los fines de dar por terminada la presente causa realizaron el siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs.1.974,oo) pagaderos de la siguiente manera: 1.- La suma de novecientos ochenta y siete bolívares ( Bs.987,oo.) para el día 30 de marzo de 2009 y 2.- La suma de novecientos ochenta y siete bolívares (Bs.987,oo) para el día 15 de abril de 2009. Ambos pagos en la sede del Circuito Laboral a las 2:00 de la tarde. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Acto seguido el Tribunal visto el acuerdo realizado entre las partes LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento de la obligación contraida. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, Parte Demandada,





La Secretaria,

Abog. Teresa Mercado.