REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, 02 de Marzo de 2009.

Visto los escritos presentados por la Delegado de Prueba ABG. CARELIA ESCALANTE y la penada ZULEYMA MOALES MARQUEZ, mediante el cal solicitan permiso para que la referida penada se realice en el Hospital San Antonio de Táriba unos exámenes médicos, ¿ya que se encuentra con quebrantos de salud.

Considera esta juzgadora, que el derecho a la Salud se encuentra consagrado en nuestra carta magna, y en vista que según constancia emitida por la Corporación de salud la penada amerita un reposo y la práctica de los exámenes respectivos, es que quien aquí decide otorgar el mismo por el lapso de 0cho días contados a partir de su notificación por lo que la penada ZULEYMA MOALES MARQUEZ, no pernoctara en esos días en el área de destacamentarias del Centro Penitenciario de Occidente

Por lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NUMERO TRES ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Otorga el otorgamiento el permiso solicitado por la penada ZULEYMA MOALES MARQUEZ, por le lapso de ocho días y debe presentar al Tribunal el resultado de los exámenes practicados. REGÍSTRESE, CÓPIESE Y NOTIFÍQUESE.

Abg. ISBETH SUÁREZ BERMÚDEZ
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN




Abg. MARÍA ALEJANDRA GUTIÉRREZ
La Secretaria.
CAUSA 2468