REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO TRES.

San Cristóbal, 18 de Marzo de 2009
198º y 149º


AUTO DE APERTURA A JUICIO


IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

JUEZ: ABG. RICHARD E. HURTADO CONCHA.
FISCAL: ABG. LUIS PACHECO.
DELITO: AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA.
IMPUTADO: JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO.
DEFENSORA: ABG. LUISA SANCHEZ.
SECRETARIA: ABG. CARLOS AROCHA GOMEZ.

Celebrada la Audiencia Preliminar, con ocasión de la acusación presentada, en contra del imputado JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 11-02-1946, de 63 años de edad, residenciado en el Barrio Bolívar calle El Alto vereda 30 casa N° 9-93 Santa Teresa Estado Táchira, por la comisión de los delitos AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA de previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Antonia Torres Jiménez, este Tribunal observa:

PRIMERO: DE LA ACUSACIÓN:
A.- EN CUANTO A CALIFICACIÓN JURÍDICA:
Los hechos que dieron origen a la presente investigación, consta en denuncia de fecha 31-05-2007, de la ciudadana MARIA ANTONIA TORRES JIMENEZ, quien expuso que denunciaba al ciudadano JOSE ALEXANDER SANCHEZ, por agresión física y verbal ya que el problema viene desde hace tiempo ya que viven alquilados en una casa, en una habitación al lado de la de el, que ella estaba en la cocina limpiando, y escucha afuera en el pasillo voces fuertes y sale y ve que el señor Alexander tenia una piedras en la mano y el niño de ella estaba al lado de el asustado, que al parecer el niño estaba halando un plástico de un motor que Alexander tiene debajo de la mesa, que el comenzó a ofenderla con groserías y al rato se fue en su carro. Que en la noche como a las diez, estaba acostada y escucho que el señor Alexander estaba en la cocina contándole lo que había pasado a un muchacho, que ella entro a la cocina a servirse la comida y el señor comenzó a ofenderla de nuevo, que le lanzo un golpe y como pudo lo esquivo pero le alcanzo a dar en el cuello, que ahí se metió el muchacho de nombre Pedro para que se calmara, que cuando llego su esposo le contó lo que había sucedido y como las habitaciones son pegadas Alexander escucho y les llego al cuarto y le lanzo una puñalada a su esposo, que este la esquivo con el brazo y lo corto por la muñeca del brazo derecho y le agarraron nueve puntos, que luego se le fue a ella y el esposo agarro un palo y le pego por la espalda y le quito el cuchillo pero que la logro morder varias veces en el brazo derecho y le pego con el palo por la pierna y seguía amenazando, que le decía que la iba a matar a ella y a sus hijos, hasta que se fue y Ellos se fueron al hospital del seguro a llevar al esposo.

De lo anterior, este Juzgador encuentra que la calificación jurídica atribuida por el Ministerio Público, al imputado JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 11-02-1946, de 63 años de edad, residenciado en el Barrio Bolívar calle El Alto vereda 30 casa N° 9-93 Santa Teresa Estado Táchira, por la comisión de los delitos AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA de previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Antonia Torres Jiménez , se encuentra ajustada a derecho, en consecuencia se ADHIERE a la misma. Y así se decide.
De las circunstancias de tiempo, modo y lugar, que fueron señaladas anteriormente; encuentra este Tribunal que la acusación presentada por el Representante Fiscal, en contra del imputado JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 11-02-1946, de 63 años de edad, residenciado en el Barrio Bolívar calle El Alto vereda 30 casa N° 9-93 Santa Teresa Estado Táchira, por la comisión de los delitos AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA de previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Antonia Torres Jiménez; cumple con los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal por lo que ha de ADMITIRSE; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide.

B.- DE LOS MEDIOS PROBATORIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO:
B.1.- ADMITE:
B.1.1. Las testimoniales de: Agente Carmen Yorley Escalante adscrita a la delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.
B.1.2 Testimonio como victima la ciudadana, MARIA ANTONIA TORRES JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.504.331
B1.3 Testimonio como Dr. Miguel A. Pinto, medico Forense quien realizo Reconocimiento Medico Legal sobre la ciudadana MARIA ANTONIA TORRES JIMENEZ.
B.1.4. Las Documentales:
- Acta de investigación penal de fecha 11-07-2007, suscrita por la funcionaria Agente Carmen Yorley Escalante.
-Reconocimiento Medico Legal N° 9700-164-3540 de fecha 31-05-2007 suscrito por el Dr. Miguel A. Pinto medico Forense
.- Oficio N° 20-F18-2226-2008, de fecha 30-05-2008, suscrito por el Abogado OSCAR E. MORA RIVAS, en su carácter de Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Las anteriores pruebas se admiten por ser lícitas, necesarias y pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 Ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL:
Este Tribunal, MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, al imputado JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 11-02-1946, de 63 años de edad, residenciado en el Barrio Bolívar calle El Alto vereda 30 casa N° 9-93 Santa Teresa Estado Táchira, por la comisión de los delitos AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA de previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Antonia Torres Jiménez, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.



TERCERO: DEL AUTO DE APERTURA A JUICIO:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL, para el acusado JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 11-02-1946, de 63 años de edad, residenciado en el Barrio Bolívar calle El Alto vereda 30 casa N° 9-93 Santa Teresa Estado Táchira, por la comisión de los delitos AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA de previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Antonia Torres Jiménez , por lo que se emplaza a las partes para que, en el plazo común de cinco (05) días, concurran ante el Juez de Juicio, a los fines legales consiguientes. Se instruye a la secretaria remitir las actuaciones, vencido el lapso de ley. Y así se decide.

Por los razonamientos anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, ESTO ES:
A.- ADMITE: la calificación Jurídica atribuida por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público al imputado JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 11-02-1946, de 63 años de edad, residenciado en el Barrio Bolívar calle El Alto vereda 30 casa N° 9-93 Santa Teresa Estado Táchira, por la comisión de los delitos AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA de previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Antonia Torres Jiménez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
B.- DE LOS MEDIOS PROBATORIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO:
B.1.- ADMITE:
B.1.1. Las testimoniales de: Agente Carmen Yorley Escalante adscrita a la delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.
B.1.2 Testimonio como victima la ciudadana, MARIA ANTONIA TORRES JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.504.331
B1.3 Testimonio como Dr. Miguel A. Pinto, medico Forense quien realizo Reconocimiento Medico Legal sobre la ciudadana MARIA ANTONIA TORRES JIMENEZ.
B.1.4. Las Documentales:
- Acta de investigación penal de fecha 11-07-2007, suscrita por la funcionaria Agente Carmen Yorley Escalante.
-Reconocimiento Medico Legal N° 9700-164-3540 de fecha 31-05-2007 suscrito por el Dr. Miguel A. Pinto medico Forense
.- Oficio N° 20-F18-2226-2008, de fecha 30-05-2008, suscrito por el Abogado OSCAR E. MORA RIVAS, en su carácter de Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Las anteriores pruebas se admiten por ser lícitas, necesarias y pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 Ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: SE MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD: al acusado JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 11-02-1946, de 63 años de edad, residenciado en el Barrio Bolívar calle El Alto vereda 30 casa N° 9-93 Santa Teresa Estado Táchira, por la comisión de los delitos AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA de previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Antonia Torres Jiménez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así decide
TERCERO: Ordena la APERTURA A JUICIO ORAL, para el ciudadano JOSE ALEXANDER SANCHEZ SERRANO, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 11-02-1946, de 63 años de edad, residenciado en el Barrio Bolívar calle El Alto vereda 30 casa N° 9-93 Santa Teresa Estado Táchira, por la comisión de los delitos AMENAZA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA de previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Antonia Torres Jiménez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesa Penal, por lo que se emplaza a las partes para que, en el plazo común de cinco (05) días, concurran ante el Juez de Juicio, a los fines legales consiguientes. Se instruye a la secretaria remitir las actuaciones, vencido el lapso de ley.
Quedan notificadas las partes con la lectura del presente auto. Regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal y publíquese.





ABG. RICHARD E. HURTADO CONCHA
JUEZ TERCERO DE CONTROL






ABG. CARLOS AROCHA GOMEZ
SECRETARIO
CAUSA PENAL N° 3C-9286-08
Auto de Apertura a Juicio