REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 27 de abril de 2009.
199º y 150º
Visto el escrito presentado en fecha 22 de abril de 2009, suscrito por los ciudadanos: GEISON DOUGLAS VELAZCO BAPTISTA e IDALMIS LISBETH DEPABLOS PRIETO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.507.357 y V-13.147.066 respectivamente y domiciliados en Palo Gordo, Aldea 5 de Julio, Municipio Libertad del Estado Táchira; asistidos por la Abogada MAGALY PARRA DE DEPABLOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.353, mediante la cual solicitan se inicie el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de su hija …, por cuanto se observa que no es contrario a derecho, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la anterior solicitud, inventaríese, désele entrada y prosígase el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. En consecuencia, visto el ACUERDO realizado en la referida solicitud suscrito entre los ciudadanos GEISON DOUGLAS VELAZCO BAPTISTA y IDALMIS LISBETH DEPABLOS PRIETO, ya identificados, por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este Tribunal en Interés Superior de la niña …, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección del Niño y del Adolescente. De conformidad con lo solicitado por las partes, se acuerda la apertura de una cuenta de ahorros en Banfoandes, donde se realizaran los depósitos correspondientes a la obligación de manutención, para lo cual líbrese oficio a dicha entidad Bancaria y una vez conste en autos el número de la cuenta se procederá a decretar el descuento directo por nómina solicitado por las partes y se oficiará lo conducente a la Comandancia General de Aviación. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el N° _____________/2009, se notificó al Fiscal _______ del Ministerio Público, se libró oficio N° 3140- a Banfoandes; quedó registrada bajo el N° _________ y se publicó siendo las ___________.

Abg. Maurima Molina / Secretaria

BYVM/lcm.