REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 3231-09

ACTO CONCILIATORIO POR OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION

OFERENTE: MARIA ANTONIA VEGA GUERRERO

OFERIDA: ANDREINA COROMOTO ACEVEDO HERNANDEZ.


En el día de hoy, nueve (09) de marzo de 2009, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ciudadanos MARIA ANTONIA VEGA GUERRERO, titular de la cédula de identidad Nº 4.956.897 y ANDREINA COROMOTO ACEVEDO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.925.335, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por ofrecimiento de obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana ANDREINA COROMOTO ACEVEDO HERNANDEZ, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con el ofrecimiento efectuado por la ciudadana Maria Antonia Vega Guerrero y solicita que la cuota del mes de diciembre sea fijada en la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs. 400ºº)”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana MARIA ANTONIA VEGA GUERRERO, quien manifestó” Que esta de acuerdo en la fijación de la cuota extraordinaria para el mes de diciembre en la cantidad de cuatrocientos bolívares fuertes (Bs. 400ºº), cantidades que me comprometo a deposita en la cuenta de ahorros que ordeno aperturar el Tribunal“. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman. El presente ofrecimiento comenzara a regir a partir del 01 de marzo de 2009.

LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

ANDREINA COROMOTO ACEVEDO HERNANDEZ


MARIA ANTONIA VEGA GUERRERO

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ