REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.

San Cristóbal, 31 de Marzo de 2009
198° y 150°
SENTENCIA N°
EXPEDIENTE N° 61075
MOTIVO: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTES: PETRA MARGARITA PEREZ DE MONCADA, Venezolana, de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 9.859.396, asistida por el Abog, JOSE ASDRUBAL PATIÑO CACERES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.901, actuando en nombre y representación sus hijos adolescentes, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA).
En escrito presentado por ante este Tribunal, en fecha 12 de Febrero de 2009, la ciudadana: PETRA MARGARITA PEREZ DE MONCADA, Venezolana, de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 9.859.396, asistida por el Abog, JOSE ASDRUBAL PATIÑO CACERES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.901, actuando en nombre y representación de sus hijos, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), solicitó DECLARATORIA DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: GUSTAVO ORLANDO MONCADA, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 5.740.056 y falleció ab intestato en fecha 10 de Enero de 2009, según consta de Acta de Defunción N° 13, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Junín, Estado Táchira. Junto con el escrito consigno Justificativo de testigos expedido por el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta.
En fecha 17 de Febrero de 2009, se admite la solicitud acordando instar a la solicitante a que consigne Copia Certificada del Acta de Defunción, Acta de Matrimonio y de las Partidas de Nacimiento y Notificar a la Fiscal Especializada.
En fecha 26 de Febrero de 2009, se agregó al presente expediente boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscal Especializada (f-21).
En fecha 18 de Marzo de 2009, mediante diligencia la ciudadana Petra Pérez de Moncada, consigna recaudos solicitados.
Visto que se encuentran cumplidos los requerimientos exigidos por el Tribunal, vistos los documentos agregados en el expediente, entre los cuales figuran el acta de defunción del de cujus, y copia de la partida de nacimiento de sus hijos, así como del acta de matrimonio y notificada debidamente la Fiscal Especializada de Protección del Niño y del Adolescente, esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento civil DECLARA, a la ciudadana PETRA MARGARITA PEREZ DE MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.859.396, en su carácter de cónyuge; a los ciudadanos MARIANA YANELY MONCADA BELTRAN; GUSTAVO ORLANDO MONCADA ESPEJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s. V-17.863.401, V- 17.748.361 en su orden y a los adolescentes (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), SUFICIENTE PARA ASEGURARLOS COMO CONTINUADORES JURÍDICOS del ciudadano GUSTAVO ORLANDO MONCADA, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 5.740.056 y falleció ab intestato en fecha 10 de Enero de 2009, según consta de Acta de Defunción N° 13, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Junín, Estado Táchira.
Quedan a salvo los derechos de terceros conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Entréguese el original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. En San Cristóbal a los 31 días del mes de Marzo de 2009.

Abg. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
Abg. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO,

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

El Secretario.-
Sentencia N°
Exp. N° 61075
Declaración de Únicos y Universales Herederos/Crisna.-