JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, seis de Marzo de dos mil nueve.

198º y 150º

Vista diligencia de fecha 05 de marzo de 2009, suscrita por el abogado TOMAS ENRIQUE MORA MOLINA, Apoderado Judicial de los ciudadanos LUIS ARMANDO NIETO LABRADOR y CARMEN ROSA QUINTERO de NIETO, en la cual en cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 26-02-2009, consigna original de documento de propiedad del terreno sobre las cuales recae la presente solicitud; y por cuanto ya fueron evacuados los testigos promovidos en la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias hechas por los ciudadanos LUIS ARMANDO NIETO LABRADOR y CARMEN ROSA QUINTERO de NIETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.001.510 y V-5.027.653, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira, bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos sobre unas mejoras, construidas sobre un lote de terreno propio, con un área de 279,96 metros cuadrados, ubicado en al final de la avenida España, vía Polígono de Tiro, Aldea Puelo Nuevo, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Mide 22,80 metros, con terrenos que son o fueron de Inversiones Trébol, C. A.¸; SUR: En 3 segmentos, uno de 13,20 metros, el segundo de 3 metros y el tercero de 11,60 metros, con terrenos que son o fueron propiedad de Inversiones Trébol, C. A; ESTE: Mide 15,25 metros, con terrenos que son o fueron de la Urbanización La Esperancita propiedad del Concejo Municipal; y OESTE: Mide 12 metros, terrenos que son o fueron propiedad de Inversiones Trébol, C. A., dichas mejoras están constituidas por una casa para habitación unifamiliar de 2 plantas y desarrollo de tipo pareada, y tiene la siguiente distribución: PLANTA BAJA: Garaje descubierto para 3 vehículos, porche, estudio, sala, escalera de acceso a la planta alta, comedor, cocina, baño auxiliar, 01 habitación con closet, área de servicios, zona social con barra, cocina estufa y lavaplatos, 01 baño de servicio, 01 habitación de servicio, 01 patio. PLANTA ALTA: 01 sala de estar, 01 habitación principal con vestier, 02 closet y baño privado, 03 habitaciones auxiliares con sus respectivos closet, 01 baño auxiliar. Las características generales de la construcción son de estructura de concreto armado, techo de machihembrado de madera sobre largueros de madera con cubierta de teja criolla, paredes de bloque frisadas y pintadas, pavimento de cerámica y parquet, puertas de madera con marcos de madera, ventanas de madera con vidrio, en parte con rejas de protección, cocina empotrada con divisiones de concreto, cerámica, madera y vidrio, con barra comedor, los closet son de madera tipo romanilla, instalaciones sanitarias embutidas, los baños son de piezas sanitarias de color, línea media, cerámica y puertas en duchas, revestimientos de friso, cerámica, tablilla y caico. En obras exteriores se encuentra el patio con tablilla, paredes perimetrales de lindero, tanque elevado de concreto con capacidad para 1.500 litros, caseta para el servicio de gas y basura. La casa antes descrita tiene un área de construcción de 245,90 metros cuadrados. Y según lo declarado por los testigos JAVIER ANTONIO DUQUE CONTRERAS y NELSA MARÍA ORTEGA de ROMERO, quienes respondieron afirmativamente al interrogatorio al cual fueron sometidos; y según lo manifestado por los solicitantes en el momento de la construcción se invirtió en las referidas mejoras un monto de SEIS MILLLONES DE BOLÍVARES (Bs. 6.000.000,00), actualmente SEIS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 6.000,00). De conformidad con lo ordenado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho a terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL,


ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,


ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.