JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cuatro de Marzo del año dos mil Nueve.

198º y 150º

Vista la diligencia de fecha 03 de Marzo de 2009, suscrita por el abogado ALEJANDRO MATA SALAZAR, actuando con el carácter de autos, y Jurada coma sido la urgencia del caso, habilitase el tiempo que fuere necesario, mediante la cual Desiste de la acción en el presente procedimiento, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR EL DESISTIMIENTO realizado, en razón de que el mismo no es contrario al derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. De conformidad con lo solicitado, se acuerda hacer entrega los títulos valores que dieron origen al proceso, el cual se encuentran en la caja fuerte del Tribunal, y los cuales pertenecen a la ciudadana ELSA MARIA GELVIS CARRILLO, quien es la única persona que puede recibir tales letras de cambio. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA.

LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.