JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dos de Marzo del año dos mil Nueve.

198º y 150º

Recibida por Distribución la presente solicitud, constante todo de trece (13) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle al ciudadano JOSE RUFO CASANOVA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.640.686, cónyuge de la fallecida, el carácter de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de la fallecida ciudadana MIRIA MARLENY MORENO DE CASANOVA, quien era venezolana, mayor de edad, Educadora y fue portador de la cédula de Identidad Nº V-4.700.666. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.

LA JUEZ TEMPORAL


ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA


ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS.