REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, SAN CRISTOBAL, 26 de marzo de 2009.

198º y 150º

Recibido por distribución, constante todo de dieciocho (18) folios útiles. Fórmese expediente, inventariase, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud. Con vista a la solicitud hecha por los ciudadanos CANDIDA RAFAELINA ROA DE DELGADILLO y LUIS MANUEL DELGADILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.110.887 y V-4.077.874, respectivamente, divorciados según consta de sentencia emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 29 de octubre de 2008, el segundo representado por su apoderada judicial abogada MARIAN ELIZABETH MALDONADO CABALLERO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.565.221 e Inpreabogado Nº 115.954, debidamente asistidos por la abogada MARYOLY ALEXANDRA VEGA PORRAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.779. Este Tribunal visto que del escrito se desprende las voluntades de los solicitantes en la distribución de los bienes enumerados en el libelo presentado y que los mismos concuerdan con los bienes descritos en el poder otorgado por el ciudadano LUIS MANUEL DELGADILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.007.874, domiciliado en el Estado Bolívar a la abogada MARIAN ELIZABETH MALDONADO CABALLERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.5656.221 e Inpreabogado Nº 115.954, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Ciudad Bolívar, Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar, de fecha 30 de junio de 2008, anotado bajo el Nº 55, Tomo 89 de los libros de autenticaciones llevado por esa Notaria, este Juez de conformidad con lo solicitado, por encontrarla conforme a derecho, aprueba la partición amistosa realizada entre ellos en los términos expuestos y dispone que por Secretaría, se expidan dos copias certificadas mecanografiadas a los fines de ley.



Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
JMCZ/ebs