REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, 24 de Marzo de 2009
198° y 150°
Recibida por distribución, constante de Cuarenta y Dos (42) folios útiles el escrito y los recaudos correspondiente. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud presentada por la ciudadana BLASA RAMONA ROMERO DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-3.211.980, de este domicilio y hábil, asistida por la abogada ZINDIA LIZBETH SANCHEZ ANGARITA, con Inpreabogado Nº 79.412; obrando por sus propios derechos y de los ciudadanos ALEXIS RAFAEL MEDINA ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-10.192.041, LISCIA DEL CARMEN MEDINA ROMERO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-9.186.326, FERNANDO JOSE MEDINA ROMERO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-10.193.958, MARIBEL CRISTINA MEDINA ROMERO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-12.209.137 y JHAN CARLOS JOSE MEDINA ROMERO venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V.-14.446.855; con el carácter de cónyuge e hijos del causante JOSE MEDINA. Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de las declaraciones de los ciudadanos NEYDA CAROLINA LOBO DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-10.194.512, de este domicilio; y LOBO CARDENAS JOSE OSCAR, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-5.023.881 de este domicilio. Vista igualmente el Acta de Defunción inserta bajo el N° 202 de fecha Veintiocho (28) de Diciembre de 2007, por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, perteneciente al causante JOSE MEDINA quien fuera titular de la cédula de identidad N° V.-1.574.075. Vista igualmente las Partidas de Nacimiento: 01) Nº 732 perteneciente a ALEXIS RAFAEL ROMERO DE MEDINA, 02) Nº 437 perteneciente a LISCIA DEL CARMEN ROMERO MEDINA, 03) Nº 730 perteneciente a FERNANDO JOSE ROMERO MEDINA, 04) Nº 373 perteneciente a JHAN CARLOS JOSE ROMERO MEDINA, 05) Nº 112 pertenecientes a MARIBEL CRISTINA MEDINA ROMERO; así como también Acta de Matrimonio Nº 02 perteneciente a BLASA RAMONA ROMERO DE MEDINA y al causante JOSE MEDINA; con copias fotostáticas simples de las cedulas de Identidad de todos los prenombrados.
Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara suficientes para asegurarles a los ciudadanos: BLASA RAMONA ROMERO DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-3.211.980, Y ALEXIS RAFAEL MEDINA ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-10.192.041, LISCIA DEL CARMEN MEDINA ROMERO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-9.186.326, FERNANDO JOSE MEDINA ROMERO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-10.193.958, MARIBEL CRISTINA MEDINA ROMERO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-12.209.137 y JHAN CARLOS JOSE MEDINA ROMERO venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V.-14.446.855, respectivamente su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, con el carácter de cónyuge supérstite la primera y de hijos los Cinco (05) últimos nombrados del causante JOSE MEDINA quien falleció en San Antonio Municipio Bolívar del Estado Táchira, según consta de Acta de Defunción arriba señalada. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a los interesados y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-
Josué Manuel Contreras Zambrano
EL JUEZ Jocelynn Granados Serrano
Secretaria
JMCZ/y.r.-
Exp.: 5466