Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, veintitrés de Marzo de dos mil nueve.
198° y 150°
Visto el escrito presentado en fecha 13 de Marzo de 2009, por los ciudadanos AGUSTIN LIZCANO LIZCANO y JUANA DE DIOS TORRES DE LIZCANO, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.793.635 y V-13.972.974, con el carácter de Propietarios y Poseedores, parte demandante, asistidos por el Abogado DANIEL ANTONIO CARVAJAL ARIZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.090, por una parte y por la otra el ciudadano ISAAC DIAZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-6.219.207, con el carácter de Vendedor, parte demandada, asistido por el abogado JUAN CARLOS VERA RAMIRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.800, el cual contiene TRANSACCIÓN, realizada por las partes, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Así mismo se acuerda expedir copias certificadas del libelo de la demanda, de la transacción y del presente auto que la homologa, a los fines de su registro, una vez los solicitantes aporten los respectivos fotostatos
La Juez Titular
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria
IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
Exp. N° 33351
Elena
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