En el día de hoy, jueves cuatro de Junio de dos mil nueve, siendo las 9:15 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte actora abogados WOLFRED B. MONTILLA BASTIDAS y JOHAN MIGUEL SANCHEZ MONTILLA inscritos en el inpreabogado bajo los N°, 28.357 y 63.745, quien actúa con el carácter de apoderados judicial de la parte demandante, ALEXANDRA BOHORGUEZ DE CAPRA è indicó a este Tribunal la siguiente dirección:, Segunda planta de una casa ubicada en la vereda 8, N° 9-33 del Barrio 23 de Enero Parte alta Parroquia La Concordia Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE y EMBARGO EJECUTIVO decretado en el JUICIO que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO se sigue CONTRA el ciudadano GIOVANNI CAPRA GOITES , en el expediente Nº 4734-2008 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Informo a la ciudadana Jueza Ejecutor de Medidas que la parte demandada desocupó el presente inmueble aunque no hizo entrega de las llaves del mismo, en tal virtud solicito se proceda en este acto a la entrega formal del mismo, es todo”. El Tribunal visto lo expuesto por la parte actora procedió a ingresar al inmueble, con copias de las llaves originales, el cual se observa que la parte demandada desocupó totalmente el inmueble dejando el mismo en buenas condiciones aunque sucio con basura y una chatarra inservibles, además un espejo doble de aproximadamente 1,90 de alto por 1,50 de ancho en marcos de metal dorados en regulares condiciones, para lo cual la jueza designa a la ciudadana ALEXANDRA BOHORQUEZ DE CAPRA titular de la cedula de identidad N° V:- 13.793.628, quien se encuentra presente en este acto en su condición de demandante de autos, para que ejerza la guarda y custodia sobre el espejo antes referido, quien procedió a retirar el mismo del inmueble. En este estado el Tribunal hace Entrega formal del inmueble libre de personas y cosas a los abogados WOLFRED B. MONTILLA BASTIDAS y JOHAN MIGUEL SANCHEZ MONTILLA en su carácter de apoderados Judicial de la parte Demandante, quienes lo reciben conforme y en las condiciones en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 9:45 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.



LA JUEZA TEMPORAL

ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO


LA PARTE ACTORA,


ABG. WOLFRED B. MONTILLA BASTIDAS




ABG, JOHAN MIGUEL SANCHEZ MONTILLA




EL FUNCIONARIO POLICIAL,


Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ


LA DEMANDANTE DE AUTOS


ALEXANDRA BOHORQUEZ DE CAPRA


LA SECRETARIA TEMPORAL


SAIDA YAMILKA PRADA CHACON