En el día de hoy, jueves once de Junio de dos mil nueve, siendo las 2:35 p.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JOSE LUCIO GONZALEZ FLORES , inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26217, quien ASISTE ala parte demandante ciudadano: JOSE TITO CORREDOR , é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: calle 3, entre carreras 6 y 7ma. avenida frente al centro comercial las Pulgas , específicamente en la parada de de Autobuses de Santa Ana, Municipio San Sebastián de esta ciudad de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre bienes propiedad de la parte demandada, TRANSPORTE SANTA ANA C.A. en la persona de su presidente MARTINIANO OLARTE ROMERO , titular de la cedula de identidad N.- 6.255.731, quien dice ser su presidente en el JUICIO que por RESOLUCION DECONTRATO DE COMPRA VENTA se sigue en el expediente N° 17843 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ con placa N° 1439, Se encuentra presente el ciudadano: MARTINIANO OLARTE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V.- 6.255.731, quien dice ser el Presidente de TRANSPORTE SANTA ANA C.A. La Jueza lo Notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un lapso de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente. El tribunal acuerda designar como perito Avaluador al ciudadano LEON ALFONSO SILVA, titular de la cedula de identidad N° V.- 5.653.667 y como depositario judicial al ciudadano CARLOS ARTURO SANCHEZ , titular de la cedula de identidad N°V.- 1.555.677, representante de la depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento poder Autenticado por ante la Notaria Publica Primera de San Cristóbal, Estado Táchira en fecha 06 DE Marzo De 2007, inserto bajo el N° 61, Tomo: 52, de los libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaría. Quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de ley ante la Jueza, Seguidamente el tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión Conferida por el Juzgado Comitente , En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: Señalo para ser embargado un AUTOBUS MARCA: IVECO, DE SERVIVIO COLECTIVO, CON CAPACIDAD PARA 36 PUESTOS, MODELO: AUTOBUS, AÑO: 2000, SERIAL DE CARROCERIA: DV100383, MOTOR: 806025V4922465747, PLACA: AD7158, COLOR: VERDE Y MULTICOLOR. El vehículo antes señalado se encuentra en las siguientes condiciones: Latonería y pintura en regular estado de conservación, tapicería en regular estado de conservación, vidrios en buen estado, posee siete (07) cauchos en regular estado de conservación, dos (02) baterías marca BOSCH, serial: 135BCD, espejo retrovisor y laterales dos (02) en buen estado de conservación y dos (02) espejos internos en buen estado de conservación una llave de cruz, un gato y un triangulo de seguridad , un (01) radio reproductor marca: PIONEER; el mismo se encuentra en regular estado de conservación se desconoce su funcionamiento mecánico y posibles daños ocultos que pueda tener dicho vehículo. Lo avaluó en NOVENTA MIL BOLIVARES (90.000,00Bs), es todo”. Seguidamente el tribunal procede a declarar EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el vehículo ya señalado y descrito por la parte actora. En consecuencia declara la DESPOSESION JURIDICA de conformidad con lo establecido en el artículo 536 del Código de procedimiento Civil; quedando el Depositario Judicial designado en la presente acta, quien lo recibe conforme en el estado en que se encuentra, Es todo, No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 3:40 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO
LA PARTE ACTORA,
ABG. JOSE LUCIO GONZALEZ FLORES
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ
EL DEMANDADO NOTIFICADO,
MARTINIANO OLARTE ROMERO
EL DEMANDANTE
JOSE TITO CORREDOR
EL PERITO AVALUADOR
LEON ALFONSO SILVA
EL DEPOSITARIO JUDICIAL
CARLOS ARTURO SANCHEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
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